Base debe efectuarse la retención a la empresa que regenta, cuando presta un servicio de salud en calidad de contratista, tratándose del impuesto de industria y comercio.
octubre 14, 2009
Concepto 1199
14 de Octubre de 2009
Secretaría de Hacienda Distrital
base debe efectuarse la retención a la empresa que regenta, cuando presta un servicio de salud en calidad de contratista, tratándose del impuesto de industria y comercio.
14 de Octubre de 2009
Secretaría de Hacienda Distrital
base debe efectuarse la retención a la empresa que regenta, cuando presta un servicio de salud en calidad de contratista, tratándose del impuesto de industria y comercio.