(Laboral) Concepto 140818 de 2016. Prima de servicios para empleadas domesticas.

agosto 1, 2016
Comentario: De acuerdo a la Ley 1788 de 2016, se reconocerá prima de servicios a las empleadas domésticas, la cual será pagadera en dos cuotas, la primera en el mes de junio y la segunda en el mes de diciembre; este reconocimiento será efectivo a partir de la promulgación de la presente Ley, para el caso, aplicable a partir del mes de diciembre de 2016, de acuerdo al principio de irretroactividad.






