(Procedimiento) Concepto 893 de 2016. Clasificación de actividades económicas.

Comentario: Las clasificaciones CIIU no determinan la naturaleza, características y ejercicio del objeto social de las personas naturales y/o jurídicas, estos códigos simplemente hacen referencia a las diferentes actividades económicas que existen y que la DIAN ha adoptado como mecanismo de control para la determinación de las obligaciones tributarias.

(Laboral) Concepto 161652 de 2016. Liquidación de vacaciones.

Comentario: No serán base para liquidación de vacaciones los días de descanso obligatorio, ni las horas extras trabajadas por el empleado, el salario sobre el que se deben liquidar las vacaciones es valor recibido el día que comience a disfrutar las mismas, el trabajador podrá acumular máximo 4 años cuando se trate de trabajadores técnicos, especializados, de confianza.  

(Laboral) Concepto 5638. ¿Los viáticos entregados a empleados constituyen base salarial?

Comentario: Los viáticos que se entregan a los empleados de manera permanente y que son destinados para la manutención y alojamiento del empleado, son base salarial, exceptuando aquellos que se entregan para transportes y gastos de representación; no serán base salarial en ningún caso, aquellos viáticos entregados de manera extraordinaria, no habitual o poco frecuente.

(Comercial) Concepto 169966. Perdida de la persona jurídica.

Comentario: El velo jurídico decide ser levantado, cuando la compañía ha entrado en liquidación ya sea por insolvencia o por fraude; independientemente de la causa del levantamiento, este se da para que los socios sean responsables directos e ilimitadamente ante la sociedad y los terceros, sin limitarse al valor de sus aportes; teniendo como resultado la perdida de la persona jurídica en las sociedades anónimas y limitadas.