Dada la normatividad fiscal incluida en el DUR 1625 de 2016 se tenía presente que las propiedades horizontales residenciales no eran responsables de IVA así realizaran actividades gravadas con el impuesto sin embargo se debe tener presente la derogatoria del artículo 186 de la Ley 1607 de 2012 que así lo disponía.

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Carolina Sarmiento – Consultor tributario en Accounter S.A.S

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