¿La importación de equipos para ser utilizados en los sistemas de control y monitoreo ambiental están excluida del impuesto sobre las ventas?

(Larepublica.com.co) Mediante el artículo 424-5 del Estatuto Tributario se excluyó del impuesto sobre las ventas la importación de los equipos y elementos destinados a ser utilizados en la instalación, montaje y operación de sistemas de control y monitoreo ambiental, condicionando el reconocimiento del beneficio a que se acredite el Ministerio del Medio Ambiente la destinación de los bienes importados.

Se prescriben los formularios y formatos para el cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias año 2012 y se fijan los precios de venta

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DIANResolución 000001  DIAN  05 de Enero de 2012
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