El 14 de mayo próximo inicia el vencimiento del plazo para el reporte de medios magnéticos de personas naturales y jurídicas (no grandes contribuyentes, cuyo vencimiento ya está en curso). A propósito de ello, traemos a colación la modificación relacionada con los umbrales para estar obligado a reportar, particularmente para las personas naturales. El numeral 4 artículo 1 de la Resolución
DIAN 162 de 2023, señala:
“4. Las personas naturales y sus asimiladas que durante el año gravable a reportar [léase 2024] o el año gravable inmediatamente anterior [léase 2023] hayan obtenido ingresos brutos superiores a once mil ochocientas (11.800) Unidades de Valor Tributario (UVT) (equivalentes al año gravable referido) y que la suma de los ingresos brutos obtenidos por rentas capital y/o rentas no laborales durante el año gravable a reportar superen los dos mil cuatrocientos (2.400) Unidades de Valor Tributario (UVT).”
Para efectos de establecer el umbral, los “Ingresos Brutos” incluyen todos los ingresos ordinarios, extraordinarios y los correspondientes a las ganancias ocasionales, excepto el correspondiente en la venta de casa y/o apartamento de habitación.
Estuvimos acostumbrados a que tener como umbral la cifra de $500 y $100 millones; sin embargo, con la nueva regla, para determinar la obligación para el año 2024, esos umbrales se determinan por los siguientes niveles:
Umbral | Año 2023 | Año 2024 |
Ingresos 11.800 | $500.462.000 | $555.367.000 |
Rentas de capital y no laborales 2.400 | N/A | $112.956.000 |
Para que una persona natural quede obligada a presentar el medio magnético de 2024 debe cumplir con los dos requisitos simultáneamente, es decir, sus ingresos totales de 2023 “o” los de 2024 deben superar las partidas antes mencionadas, “y” los ingresos de 2024 originados en rentas de capital y no laborales deben exceder la cifra anunciada.
Pedro tuvo ingresos en 2023 por $700 millones y en 2024 obtiene ingresos por $600 millones, pero sus rentas de capital y no laborales de 2024 ascienden apenas a $45 millones. Pedro no está obligado a presentar medio magnético.
Juan tuvo ingresos en 2023 por $850 millones incluida la venta de su casa por $400 millones; en 2024 obtiene ingresos totales por $680 millones, y sus rentas de capital y no laborales en 2024 ascienden a $95 millones. Juan no está obligado a presentar medio magnético.
Paula tuvo ingresos en 2023 por $700 millones incluida la venta de su casa por $350 millones; en 2024 obtiene ingresos totales por $520 millones, y sus rentas de capital y no laborales en 2024 ascienden a $120 millones. Paula no está obligada a presentar medio magnético.
Especial cuidado deben tener las personas naturales que pertenecen al régimen SIMPLE, ya que deberán reportar si durante el año 2024 o 2003 obtuvieron ingresos brutos superiores a 11.800 UVT, sin considerar el tipo de ingreso, pero exceptuando el ingreso por venta de casa o apartamento de habitación. Nada dice la resolución al respecto, pero ya que pasamos por aquí dejemos dicho que la obligación de reporte para el régimen SIMPLE se predica de aquellos sujetos que a diciembre 31 de 2024 estaban inscritos en dicho régimen.
Así las cosas, desde este espacio hacemos un recordatorio a las personas naturales para que no omitan analizar los niveles antes indicados y así cumplir adecuadamente con su obligación de realizar el reporte.
No olvide que las personas naturales quedan obligadas a reportar solamente por el nivel de ingresos mencionado, sin que sea relevante la calidad de comerciante, o que lleve o no contabilidad, como tampoco su nivel de patrimonio. Además, recuerde que las personas naturales (excepto SIMPLE) reportan únicamente la información relacionada con las rentas de capital y no laborales.