Después de esa fecha, el contribuyente obligado deberá asumir la sanción por extemporaneidad y los intereses moratorios correspondientes.
Hasta el viernes 10 de marzo tienen plazo los contribuyentes del impuesto de Industria y Comercio (ICA) del régimen común anual, de la vigencia 2022, para cumplir su obligación.
El gravamen corresponde a las personas naturales o jurídicas que en el año gravable 2021 declararon un impuesto a cargo igual o inferior a 391 UVT, que equivale a 14.196.428 pesos, así como los contribuyentes nuevos que iniciaron su actividad económica el año pasado.
Es importante recordar que la declaración se debe hacer únicamente por la Oficina Virtual dispuesta en el portal web de la Entidad, en el enlace: https://oficinavirtual.shd.gov.co/OficinaVirtual/login.html. Para el pago del impuesto, los contribuyentes cuentan de manera electrónica con el botón de pago con débito a cuentas de ahorro y corrientes, y la tarjeta de crédito de las entidades bancarias que tengan convenio con la Secretaría de Hacienda (SDH).
Así mismo, de forma presencial, pueden hacerlo en los bancos o corresponsales bancarios autorizados.