Fuente : www.larepublica.com.co
Estos memorandos facultan a los superintendentes para intercambiar información con periodicidad, establecer reglas de confidencialidad, realizar inspecciones, y actividades de colaboración técnica entre el supervisor de origen y el anfitrión.
El superintendente financiero colombiano, Gerardo Hernández, explicó que estos convenios de entendimiento, suscritos por la entidad se enmarcan dentro de las facultades conferidas por el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y la Ley 964 de 2005, sustentados en los principios básicos para la supervisión bancaria efectiva, emitidos por el Comité de Supervisión de Basilea, la Asociación de Supervisores de Seguros (Iais) y la Organización de Comisiones de Valores (Iosco).