Fuente: https://www.finanzaspersonales.com.co/
Las pensiones son un problema del que hay que preocuparse desde joven. Encuentre cuánto tiene que acumular para pensionarse con el ingreso deseado en el Régimen de Ahorro Individual o cuál será el monto de su pensión en el Régimen de Prima Media.
La preocupación de la mayoría de los colombianos, es cómo lograr su anhelada pensión. Una realidad para muchos lejana y difícil de alcanzar. Lo primero que hay que tener claro es la realidad de la cual parte cada persona. Si usted a lo largo de su vida laboral, se ha ganado en promedio $1’000.000, no puede esperar que cuando cumpla su edad para pensionarse vaya a recibir una mesada pensional de $5’000.000.
En muy pocos casos, sus aportes a pensión son suficientes para asegurarle un ingreso parecido al salario que tenía antes de pensionarse. La contribución mensual construye con una fracción del capital que necesita acumular para pensionarse, pero NO es suficiente para llegar a alcanzar a pensionarse con el 100% de su ingreso.
En el Régimen de Prima Media, un afiliado recibirá como máximo un 80% de su ingreso promedio de los últimos 10 años y en el Régimen de Ahorro Individual, el monto de su mesada pensional dependerá de la rentabilidad de sus aportes. Es por eso que la recomendación de los expertos, es hacer una planeación financiera desde joven y contemplar otras formas de ahorrar, para cerrar esa diferencia entre lo que usted tiene y lo que necesita. Hay que dejar de pensar que la pensión es un problema del que solo deben preocuparse aquellos que lleguen a los 40 años.
Es clave tener en cuenta que los que arrancan a cotizar más jóvenes y de manera continúa, tienen una ventaja. Una persona que empiece a cotizar a sus 35 años, probablemente nunca logrará cumplir con las semanas requeridas para pensionarse ni acumular el capital requerido. Lo mismo le sucede a la personas que trabajan un par de meses al año.
¿Cuánto debe acumular para pensionarse en el Régimen de Ahorro Individual?
Un hombre que quiera pensionarse con $1’000.000 a sus 62 años deberá acumular $197’674.330 –ambos valores en pesos de hoy–, así lo indica la calculadora de ING, a la que usted podrá acceder desde el portal www.ingtunumero.com.co Esa suma de dinero, la alcanzará una personas que empiece a trabajar desde los 22 años, con un salario de $1’480.000 –que se mantiene a futuro en términos reales–. Esto quiere decir que solo con los aportes obligatorios, esta persona recibirá una pensión equivalente al 67% de su ingreso. Si lo que quiere es pensionarse con un valor igual a su ingreso (100%), tendrá que alcanzar esa diferencia con un plan de ahorro –ya sea con un aporte voluntario a su fondo de pensión o con alguna otra forma de ahorro programado–. El acumulado que debe alcanzar para pensionarse ya no es $197’674.330, sino de $229’558.009. El ahorro adicional que debe realizar la persona mensualmente, a lo largo de su vida laboral, es de $64.000.
Una mujer que quiera pensionarse a sus 60 años con $1’500.000, en pesos de hoy, tendrá que acumular $345’382.997. Si esta señora hoy tiene 32 años, tiene un saldo en pensiones obligatorias de $40’000.000 y gana $2’500.000 – que los va a mantener en ese nivel de remuneración–, tendrá cuando cumpla dicha edad, $295’474.360. Para pensionarse con el $1’500.000 que desea, tendrá que completar el diferencial de casi $50 millones, con un aporte mensual de $70.000 . Con ese ahorro adicional, la señora podrá pensionarse con el 60% de su salario.
Si un hombre que quiera pensionarse con $5 millones, necesitará haber acumulado $988’371.651 a sus 62 años y si desea salir con $10’000.000, tendrá que ahorrar $1’976.743.302.
Haga su propio cálculo y empiece a planear su futuro. La pensión, no es un asunto de adultos. Comience desde joven y planee cómo a alcanzar su número deseado.
¿Con cuánto se pensiona en el Régimen de Prima Media?
En el régimen de prima media para tener derecho a la pensión de vejez, el afiliado debe: Tener 55 años si es mujer o 60 años si es hombre. Desde el 2014, estas edades cambiarán. Para pensionarse las mujeres deberán haber cumplido 57 años y los hombres 62 (como está actualmente en el Régimen de Ahorro Individual). Haber cotizado un mínimo de 1.175 semanas en cualquier tiempo. El número de semanas se incrementará en 25 cada año, hasta llegar a 1.300 semanas en el año 2015.
El monto de la pensión de vejez, será igual al ingreso base de liquidación (promedio del salario o ingresos sobre los que el afiliado ha cotizado los últimos 10 años), multiplicado por una tasa de reemplazo.
Al aplicar la fórmula se obtiene que un afiliado que este año haya cotizado 1.175 semanas, recibirá una pensión que oscilará entre el 65% (si el ingreso base de liquidación es de un salario mínimo) y el 55% (si el ingreso es de 20 salarios o más) de su ingreso base de liquidación. Entre mayor su ingreso, menor será el porcentaje sobre el que se calculará su pensión.
Una persona que gana 4 salarios mínimos recibirá el 63,5% de su ingreso base de liquidación, una que reciba 8 salarios, obtendrá el 61,5% de su ingreso base, una que gane 10 salarios, tendrá el 60,5% de su ingreso y una que reciba 20 salarios, obtendrá el 55%. Esto quiere decir que una persona que hoy gana $5’150.000, que son 10 salarios mínimos, se pensionará con $3’115.750.
El porcentaje resultante de aplicar la fórmula se incrementará en 1,5% por cada 50 semanas adicionales a las mínimas exigidas, llegando a un monto máximo de pensión entre el 80% (si el ingreso base de liquidación es de un salario mínimo) y el 70,5% (si el ingreso es de 20 salarios o más), de su ingreso base de liquidación.
Este año, una persona que haya cotizado 1.675 semanas y que también gane los 10 salarios mínimos, se pensionará con el 75,5% de su ingreso base de liquidación, es decir con $3’888.250.
En ningún caso, la pensión podrá ser inferior a un salario mínimo mensual. Sin embargo, la ley podrá determinar los casos en que se puedan conceder beneficios económicos periódicos inferiores al salario mínimo, a personas de escasos recursos que no cumplan con las condiciones requeridas para tener derecho a una pensión.