Fuente : www.larepublica.com.co
Pero los sancionados el 29 de diciembre del año 2010 son de gran envergadura, y no nos referimos solamente a los que se leen en la ley 1430 "por medio de la cual se dictan normas tributarias de control y para la competitividad", sino también a las presentes en la ley 1429/10 "por la cual se expide la ley de formalización y generación de empleo".
A continuación presentamos algunos de ellos:
-Progresividad en el pago del impuesto sobre la renta y no retenciones.
Las entidades beneficiadas de esta progresividad no serán objeto de retención en la fuente, en los cinco (5) primeros años gravables a partir del inicio de su actividad económica, ni estarán sujetos al sistema de renta presuntiva por ese mismo tiempo.
-Progresividad en los costos de matricular mercantil y su renovación.
Este es un gasto que ciertamente desestimulaba a los empresarios a "formalizarse" en las cámaras de comercio, pues bien, se establece en la ley 1429/10, artículo 7, para las pequeñas empresas que inicien su actividad a partir de la promulgación de la referida ley, la siguiente progresividad en las tarifas de matricula mercantil y su renovación:
Por último, la ley 1429/10 establece descuentos en el Impuesto sobre la renta y complementarios de los aportes parafiscales y otras contribuciones de nómina si se cumplen algunos presupuesto que buscan estimular la contratación de mujeres que al momento del inicio del contrato de trabajo sean mayores de cuarenta (40) años y que durante los últimos doce (12) meses hayan estado sin contrato de trabajo, de nuevos empleos ocupados para poblaciones en situaciones de desplazamiento, en proceso de reintegración o en condición de discapacidad; y de nuevos empleados que al momento del inicio del contrato de trabajo sean menores de veintiocho (28) años.
Descuentos
La ley 1429/10 establece descuentos en el impuesto sobre la renta y complementarios de los aportes parafiscales y otras contribuciones de nómina, si se cumplen algunos presupuesto que buscan estimular la contratación de mujeres que al momento del inicio del contrato de trabajo sean mayores de 40 años y que durante los últimos doce meses hayan estado sin contrato.
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