Fuente: https://www.larepublica.com.co/
La Superintendencia Financiera de Colombia expidió la Circular Externa No. 044, en cuanto a las instrucciones relacionadas con los medios verificables para el cambio de tipo de fondo de pensiones obligatorias.
La Supefinanciera en uso de sus facultades, en especial las que le confiere el numeral 9 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010 y de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.6.11.1.8 y en el parágrafo del artículo 2.6.11.1.4 de la misma norma, considera pertinente impartir instrucciones relacionadas con los medios verificables para la elección o cambio de tipo de fondo por parte de los afiliados a los Fondos de Pensiones Obligatorias, así como con la opción de retracto de su primera elección.
La entidad expidió la Circular Externa 38 de 2010 mediante la cual modificó la metodología de cálculo de la rentabilidad mensual para el traslado de recursos del Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida.
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
CARTA CIRCULAR 104 DE 2010
( Diciembre 16 )
Señores
REPRESENTANTES LEGALES, ADMINISTRADORES, DEFENSORES DEL CLIENTE Y REVISORES FISCALES DE LAS ENTIDADES ADMINISTRADORAS DEL SISTEMA GENERAL DE PENSIONES
Referencia: Divulgación de la rentabilidad a utilizar en el traslado de recursos del Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad.
Apreciados señores:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7° del decreto 3995 de 2008, “El traslado de recursos pensionales entre regímenes incluyendo los contemplados en este Decreto, así como de la historia laboral en estos casos, deberá realizarse en los términos señalados a continuación?
“Tratándose del Régimen de Prima Media con Prestación Definida -RPM, la devolución se efectuará por el valor equivalente a las cotizaciones para financiar la pensión de vejez, que se hubieren efectuado actualizadas con la rentabilidad acumulada durante el respectivo período de las reservas para pensión de vejez del ISS, o en su defecto la informada por la Superintendencia Financiera para los períodos respectivos”.
Por su parte, la Superintendencia Financiera de Colombia expidió la Circular Externa 38 de 2010 mediante la cual modificó la metodología de cálculo de la rentabilidad mensual para el traslado de recursos del Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, establecida mediante la Circular Externa 061 de 2008.
Teniendo en cuenta lo anterior, esta Superintendencia se permite informar que la rentabilidad del mes de noviembre de 2010 a tener en cuenta para el traslado de los recursos pensionales del Régimen de Prima Media con Prestación Definida al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad es del -4.44% efectivo mensual.
Cordialmente,
ÁLVARO MONTERO AGÓN
Superintendente Delegado para Pensiones, Cesantías y Fiduciarias.