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¿Quiénes ganan y quiénes pierden con la recién aprobada reforma tributaria, la ley del primer empleo y el nuevo impuesto al patrimonio?
El 2011 promete ser un año particularmente complejo para el país en materia tributaria.
La reducción de beneficios fiscales para las empresas, contemplada en la nueva reforma tributaria -Ley 1430 de 2010- y el nuevo impuesto al patrimonio adoptado por los decretos de Emergencia Social expedidos el 23 de diciembre para conjurar los efectos de la ola invernal, son algunas de las cargas que desde este año tendrán que incorporar en sus balances, tanto las empresas como las personas naturales.
Pero no todo será 'garrote' en materia fiscal durante 2011. Tanto en la reforma tributaria, como en la nueva Ley de Primer Empleo (Ley 1429) están contempladas gabelas que buscan amortiguar en parte el impacto que tendrán los nuevos impuestos y generar mayor competitividad, como en el caso de la eliminación de la sobretasa a la energía, una medida que ha sido aplaudida por el sector empresarial. ¿Cuáles son las cargas y cuáles los nuevos beneficios tributarios?
Deducción de activos. Se elimina a partir de este año el beneficio que permitía descontar del impuesto hasta el 30% de las inversiones que una empresa hubiera hecho por la compra de activos productivos. Para quienes hayan presentado la solicitud de acuerdos de estabilidad jurídica antes del primero de noviembre de 2010, este beneficio solo podrá ampararse por tres años. Se espera recaudar $4 billones con esta medida.
Impuesto al patrimonio. A partir de este año se gravan los patrimonios superiores a $1.000 millones. Habrá tres tarifas: para quienes tienen patrimonio entre $1.000 millones y $2.000 millones, será del 1%; entre $2.000 millones y $3.000 millones, del 1,4%. Entre $3.000 millones y $5.000 millones, la tarifa que se había acordado en la reforma tributaria fue del 2,4% pero en los decretos de emergencia se adicionó en un 25%, lo que implica que tendrán que pagar una tarifa del 3%. La tarifa para patrimonios de más de $5.000 millones, que en la reforma se aprobó en 4,8%, también fue adicionada en un 25% en los decretos de emergencia, y quedará finalmente en 6%. La reforma establece que en casos de escisión de sociedades, estas deberán sumar sus patrimonios y, si cumplen los topes, tendrán que tributar. También está previsto que las SAS, constituidas durante 2010, tendrán que sumar su patrimonio con el de las personas naturales o jurídicas que las crearon, y si cumplen los montos establecidos, tendrán que pagar el tributo.
Retención a exportaciones. La reforma autoriza una retención en la fuente de hasta el 10% para las exportaciones de productos de minería e hidrocarburos. Se estima que para unas exportaciones proyectadas en 2011 de US$15.000 millones, la retención podría llegar este año a los US$1.500 millones; sin embargo, aún no se ha reglamentado el porcentaje que tendrá. Esta retención, no obstante, se podrá descontar del impuesto que paguen estas empresas en 2012, correspondiente al año gravable 2011. Horacio Ayala, ex director de la Dian, cree que esta medida es adecuada porque se enfoca en un sector altamente rentable, que explota recursos no renovables que deben ser aprovechados para el mayor beneficio de la sociedad.
IVA para productos intermedios de minería e hidrocarburos. A partir de este año, los bienes y servicios intermedios utilizados en las actividades de minería y petróleo pagarán una tarifa de IVA similar a la del producto final; es decir, de 16%. Para Alejandro Martínez, presidente de la Asociación Colombiana del Petróleo (ACP), esta es una medida discriminatoria, pues solo afecta dos sectores específicos: minería y petróleos. Martínez asegura que esta medida, al igual que la anterior, impactarán el flujo de caja para inversión previsto por las compañías petroleras para 2011 y los costos para el sector. "El mensaje es bastante negativo", asegura el dirigente.
Impuestos territoriales. La reforma termina con una vieja discusión de las entidades territoriales, que buscaban cobrar impuestos a las uniones temporales o grupos de consorcios creados para adelantar obras públicas. La base gravable para efectos del Impuesto de Industria y Comercio serán los ingresos brutos. El sector financiero también tendrá que pagar el ICA sobre la cuenta de ingresos varios. Se prorroga por tres años más el pago de la contribución especial del 5% sobre el valor de los contratos de concesión que manejan proyectos de infraestructura vial.
Impuesto al endeudamiento externo. En los créditos contratados con el exterior, o de contratos de leasing, se establece una retención del 14%. En el caso de los aviones y helicópteros, la retención será del 1%.
Bancarización. Para promover la bancarización, solo se aceptarán pagos de impuestos a través del sistema financiero. Si son en efectivo, no gozarán del beneficio de deducciones o impuestos descontables. Para el asesor legislativo, Javier Hoyos, "es lamentable esta limitación fiscal a los pagos en efectivo por cuanto ello desconoce que, frente a los impuestos, la moneda también tiene poder liberatorio y afectará muchas empresas que se ven forzadas a pagar en efectivo por su situación geográfica o la clase de pagos que realizan".
Impuesto a los gravámenes financieros. Se eliminará a partir de 2014. Se aplaza su desmonte dos años -estaba previsto para 2012- y se destinará un 25% de los recursos recaudados en 2012 y 2013 al Fondo de Calamidades para atender la emergencia invernal.
Tomado de :https://www.dinero.com/edicion-impresa/agenda-publica/impuestos-2011_82464.aspx