¿Es usted declarante del impuesto al patrimonio?
Fuente :https://www.finanzaspersonales.com.co
Si usted es declarante del impuesto sobre la renta y tuvo un patrimonio líquido de más de $1.000 millones, tendrá que pagar el impuesto al patrimonio.
Si responde afirmativamente a la siguiente pregunta, usted está obligado a declarar y pagar el impuesto al patrimonio: ¿Es declarante del impuesto sobre la renta y su patrimonio líquido a 1 de enero de 2011 es igual o superior a $1.000 millones?
La tarifa del impuesto se determina en función del patrimonio líquido poseído a 1 de enero de 2011, independientemente de la base gravable.
Hasta el año pasado, este impuesto solo lo pagaban personas y empresas con un patrimonio igual o superior a los $3.000 millones, pero
ahora el tributo se extendió para todos aquellos con un patrimonio superior a los $1.000.
Habrá tres tarifas: para quienes tienen patrimonio entre $1.000 millones y $2.000 millones, será del 1%; entre $2.000 millones y $3.000 millones, del 1,4%.
Entre $3.000 millones y $5.000 millones, la tarifa que se había acordado en la reforma tributaria fue del 2,4% pero en los decretos de emergencia se adicionó en un 25%, lo que implica que tendrán que pagar una tarifa del 3%.
La sobretasa del 25% del impuesto al patrimonio deberá liquidarse en el mismo formulario de la declaración del impuesto al patrimonio y pagarse en ocho cuotas iguales, durante los años 2011, 2012, 2013 y 2014.
También está previsto que las SAS, constituidas durante 2010, tendrán que sumar su patrimonio con el de las personas naturales o jurídicas que las crearon, y si cumplen los montos establecidos, tendrán que pagar el tributo.
Plazos para declarar y pagar el impuesto al patrimonio
El impuesto al patrimonio se deberá declarar y pagar en dos cuotas iguales, dentro de los siguientes plazos:
Presentación de la declaración y pago de la primera cuota
Tomado de :https://www.finanzaspersonales.com.co/wf_InfoArticulo.aspx?IdArt=981