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Fuente : www.larepublica.com.co

El próximo 15 de diciembre las empresas públicas y privadas les consignan a sus empleados la prima de fin de año. Por eso desde ya, muchos colombianos imaginan y hacen cuentas alegres con el destino que le van a dar a ese dinero extra.

LR le da unas pautas para que lo pueda invertir de la mejor forma.

Este dinero adicional, que no es un regalo, sino un derecho laboral adquirido por ley, puede llegar a ser la salvación de quienes tienen sus deudas al tope; o la salida para los que no tienen capital para sus regalos de Navidad, o simplemente un `colchón` para empezar 2011 con ahorros.

Diego Guevara, investigador de la Facultad de Economía de la Escuela Colombiana de Ingeniería Julio Garavito, aclara que no todos los colombianos que trabajan recibir án este sueldo anual complementario.”Como consecuencia del subempleo en el país, solo el 65% de los trabajadores tendrán acceso a esta prima”, dice.

Al respecto, Camilo Herrera, presidente de Raddar, analista del consumo, agrega que “de los 8,1 millones de personas empleadas, menos de la mitad recibirán este pago, por el efecto de los salarios integrales y otras formas de contratación. Sin embargo, sí jalona el consumo a final de año”.

Lo mejor es disponer en una lista sus prioridades de gasto. Según Guevara se debe “determinar hasta cuánto podría destinar del monto total de la prima, para no excederse en gastos de más”.

Lo siguiente es deshacerse de las deudas, estableciendo cuáles tienen cuotas suaves, o dan espera. Hay que empezar 2011 sin dolores de cabeza.

Compras navideñas deben ser limitadas

No debe excederse en las compras navideñas que, si bien traen felicidad, llevan consigo deudas y remordimientos al no haber invertido mejor el dinero. Utilice un monto de dinero que le permita darse un buen gusto o dar un pequeño detalle. Quizá la muñeca que llora, hace pipí y da patadas, deba esperar una próxima ocasión. El consejo de los economistas es que destine un porcentaje que no sea mayor de aquel para pagar sus deudas, y que le permita disfrutar la temporada navideña.

Normatividad que contempla la prima

Contenida en el Código Sustantivo del Trabajo (Ley 141 de 1961), el artículo 306 se establece que “toda empresa de carácter permanente está obligada a pagar a cada uno de sus trabajadores, excepto a los ocasionales o transitorios, como prestación especial, una prima de servicios. Este pago sustituye la participación de utilidades y la prima de beneficios que estableció la legislación anterior”. Por su parte, el artículo 307 explica el carácter jurídico: “la prima anual no es salario, ni se computará como factor del salario en ningún caso”.

Pague por completo todas sus deudas

Es lo primero que debe hacer con su `prima`, de acuerdo con los economistas. Debe procurar deshacerse del dolor de cabeza que adquirió hace algunos meses y pagar las cuotas pendientes. Incluso, actualmente, muchas personas no cuentan con la prima entre sus gastos de final de año, en tanto que saben que serán destinadas para cancelar las cuotas atrasadas de las tarjetas de crédito, pagarles a hermanos, tíos y demás familiares que alguna vez le facilitaron dinero, cuando lo requirió para sus deberes.

Ahorrar: una visión al futuro

Según Carlos Esteban Vallejo, gerente de oficina venta consultiva de Protección, “el pago de la prima se constituye en un ingreso extra que puede ayudar a cubrir algunos gastos, o mejor aún, hacer parte de un ahorro para el futuro”. Es claro que debe establecer prioridades, pero tenga en cuenta que éste dinero puede ser un buen inicio para ahorrar y lograr sus metas del próximo año”.

Tomado de : https://www.larepublica.com.co/archivos/FINANZAS/2010-12-07/gastar-pagar-o-ahorrar–que-hacer-con-la-prima-de-fin-de-ano-_116930.php