Fuente: www.portafolio.com.co
En buena hora la intervención de los órganos de control.
Clara y contundente la orden conjunta que dieron a los departamentos y municipios la Contraloría, la Procuraduría, la Auditoría y el Ministerio de Hacienda para suspender y derogar las operaciones de crédito disfrazadas bajo la figura de ‘vigencias futuras’, que se han multiplicado en los últimos años sin cumplir los requisitos exigidos para la contratación de créditos.
Las vigencias futuras son un mecanismo de manejo presupuestal, establecido desde la década de los noventa, que les permite a las entidades públicas ejecutar proyectos de gran envergadura e interés estratégico que exceden la capacidad de gasto de un año, por lo que se asume el compromiso de destinar recursos de presupuestos de periodos posteriores para su pago.
La construcción de los sistemas de transporte masivo como el TransMilenio de Bogotá, el MIO de Cali, o carreteras nacionales como, por ejemplo, la Ruta del Sol, responden a estos criterios y son casos en los que se justifica la utilización del mecanismo de las vigencias futuras, siempre y cuando se cumplan todos los requerimientos de ley.
Sin embargo, en los últimos años se ha venido abusando de sistema, tanto en el orden nacional como en el territorial. En lo nacional, no hay problema con el cumplimiento de las condiciones legales, pero sí con el crecimiento explosivo de los montos comprometidos.
La administración Uribe recibió del Gobierno anterior obras comprometidas por 1 billón de pesos, pero le dejó a su sucesor compromisos por 30 billones de pesos, de los cuales 19 billones son para ejecutar en los próximos 4 años. Con razón se ha señalado que estas cuantías imponen una gran rigidez al manejo de las finanzas públicas y es conveniente que la Contraloría se pronuncie sobre este tema.
En el orden territorial, el problema es diferente, porque se vienen dando casos de municipios y departamentos que están utilizando las vigencias futuras para evadir los requisitos de contratación de crédito público, excediendo los límites de endeudamiento establecidos en normas como la Ley 358 de 1997 o la Ley 819 de 2003, o que se autorizaron sin contar con proyectos específicos ni procesos contractuales en curso.
Los más conocidos, aunque no los únicos, son los de los departamentos del Valle y de Casanare, donde se han comprometido recursos de vigencias futuras por 650 mil millones y 375 mil millones de pesos respectivamente, pero no para megaproyectos de importancia estratégica para las regiones, sino para multitud de pequeñas obras, incluyendo escenarios deportivos, restaurantes escolares, pavimentación de vías, entre otros. No cuestionamos la importancia de estas obras, pero sí creemos que se deben ejecutar con los recursos ordinarios de las gobernaciones.
En estos casos, parece evidente que se trata de operaciones de endeudamiento, toda vez que se está pagando por un bien a plazo y con intereses, pero como la banca no está dispuesta a conceder créditos a los departamentos se utiliza la figura de las vigencias futuras para que sean los contratistas los que financien las obras y no contabilizar las obligaciones a cargo del departamento como un pasivo financiero.
En buena hora los órganos de control y el Ministerio de Hacienda han decidido frenar la feria de contrataciones que ha proliferado abusando de un mecanismo que puede ser útil si es bien usado, pero que tiene un impacto negativo sobre la evolución de la deuda y la estabilidad de las finanzas públicas.
Tomado de: https://www.portafolio.com.co/opinion/editorial/editorial-control-a-las-vigencias-futuras_7930040-3