(Finanzas Personales) La DIAN emitió su proyecto de resolución para proponer un aumento de 3,9% en la Unidad de Valor Tributario, la cual quedaría en 2020 en $35.607. Si la reforma tributaria pasa como fue presentada, los ingresos desde 87 UVT serían objeto de retefuente el próximo año.
Uno de los ejercicios de planeación tributaria que debe hacer cualquier empleado es saber si sus ingresos serán objeto el próximo año de retención en la fuente, la cual es una manera de recaudar de manera anticipada una parte del pago del impuesto de renta.
Por eso, cada año hay que hacer de nuevo las cuentas porque la DIAN emite la resolución en la que da a conocer la Unidad de Valor Tributario (UVT) que rige para cada año. Para el 2019 esta es de $34.270 y para el 2020 el incremento sería de $1.337, por lo que la UVT de 2020 será de $35.607.
Lo cierto es que no está claro si el texto de reforma tributaria presentado por el gobierno nacional para 2020 pasará sin cambios en el Congreso. Cabe recordar que el proyecto radicado propone que la retención en la fuente se haga a los salarios a partir de las 87 UVT (Unidad de Valor Tributario), es decir $3.097.809. Ese dato sale de multiplicar:
Valor de la UVT propuesto por la DIAN: $35.607 x 87 = $3.097.809.
Pero hay que hacer un ejercicio adicional y es que ese no será el ingreso total de la persona, ya que se le practican deducciones como el pago a salud, pensión, aporte de solidaridad y la renta exenta de 25%. Al tener en cuenta todo lo anterior, se obtiene que los ingresos desde $4.538.915 son los que se les aplica la retención en la fuente.
Para llegar a ese valor se hizo el siguiente ejercicio:
- * Ingresos brutos (100%) = $4.538.915.
- * Pago de seguridad social (9%) = $408.502
- * Se obtiene de: Salud (4%) = $181.557 / Pensión (4%)= $181.557 y Aporte a fondo de solidaridad (1%) = $45.390.
- * Salario que queda después de aportes: $4.130.413.
A ese salario se le saca la renta exenta de 25% = $1.032.603 y el restante 75% es el ingreso laboral gravable (los 87 UVT), que son $3.097.809. A partir de esos ingresos, la retención en la fuente sería de un 19%.
Con esta información a la mano, usted puede empezar a hacer su calendario tributario del 2020 y claro está, siempre y cuando la reforma tributaria pase en este 2019 sin cambios.
También es importante establecer este valor de cara al 2020 ya que según el Estatuto Tributario, la sanción por no presentar la declaración de renta a tiempo es de 10 UVT, la cual para el 2020 rondaría los $356.070.
Hay que recordar que para el 2018 la retención para asalariados se hizo a partir de la base gravable equivalente a 95 UVT, mientras que para el 2019 y el próximo año el mínimo de este aporte es de 87 UVT. Aunque la diferencia es pequeña (solo 8 UVT) eso pone automáticamente a más personas a aportar y son más quienes se les hace descuento mensual en su salario y que hace parte de su pago de impuesto de renta.
Discusión sobre el proyecto de UVT 2020 presentado por la DIAN
Para algunos expertos tributarios, la DIAN podría abrir la puerta a demandas por la interpretación que dio para su proyecto de resolución. La norma en cuestión es el paso previo a la definitiva lo cual tendrá que darse antes que termine el año.
En esta oportunidad, el proyecto está acompañado de una sustentación técnica ya que la ley señala que la unidad se calcula con base en la inflación de ingresos medios de los últimos 12 meses, causada hasta el 1 de octubre de cada año. Pero el DANE cambió la clasificación de niveles de ingresos y ya no hay inflación de ingresos bajos, medios y altos sino la inflación de pobres, vulnerables, clase media y de ingresos altos.
Por lo anterior, la DIAN señala en su proyecto de resolución que esta unidad se calculará a partir de la inflación de clase media, la cual fue de 3,9% en el periodo antes mencionado.
Los juristas consultados consideran que se abre la puerta a demandas y sostienen que se estaría violando los dispuesto en el artículo 868 del Estatuto Tributario que se refiere al tema, ya que no es posible asumir que un término tiene exactamente el mismo significado que el otro.
Obtenido de: Finanzas Personales