(Asuntos:legales) El Ministerio de Trabajo aprobó la Resolución 0312 de 2019 por la que se fijan nuevos estándares mínimos para el Sistema General de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST). Estas medidas deberán ser cumplidas por los empleadores públicos y privados, personas jurídicas que contraten personal bajo la modalidad de contrato civil, comercial o administrativo y por las empresas de servicios temporales.
¿Cuáles son los nuevos criterios a tener en cuenta para las entidades con 10 o menos trabajadores clasificados con riesgo I, II y III?
Estas entidades deberán cumplir con los siguientes estándares: 1. Asignación de persona que diseña el SG-SST 2. Afiliación al Sistema de Seguridad Social Integral 3. Capacitación en SST 4. Plan anual de trabajo, evaluaciones médicas ocupacionales 5. Identificación de peligros, evaluación y valoración de riesgos 6. Medidas de prevención y control frente a riesgos identificados.
¿Cuáles son los nuevos criterios a tener en cuenta para las entidades de 11 a 50 trabajadores clasificados con riesgo I, II y III?
Estas entidades deberán cumplir con los siguientes estándares, entre otros: 1. Asignación de persona que diseña el SG-SST 2. Asignación de recursos para el Sistema de Gestión en SST 3. Afiliación al Sistema de Seguridad Social Integral 4. Conformación del Copasst 5. Conformación del Comité de Convivencia 6. Programa de capacitación 7. Política de SST y plan anual de trabajo 8. Archivo de retención documental del SG-SST 9. Descripción socio demográfica y diagnóstico de condiciones de salud 10. Actividades de medicina en el trabajo y promoción de la salud.
¿Cuáles son los nuevos criterios a tener en cuenta para las entidades con más de 50 trabajadores clasificados con riesgo I, II y III o con menos de 50 trabajadores, pero clasificados con riesgo IV y V?
Estas entidades deberán cumplir con los siguientes estándares, entre otros: 1. Asignación de persona que diseña el SG-SST 2. Asignación de recursos para el Sistema de Gestión en SST 3. Afiliación al Sistema de Seguridad Social Integral 4. Conformación y capacitación del Copasst 5. Conformación del Comité de Convivencia 6. Programa de capacitación anual 7. Política de SST y plan anual de trabajo 8. Archivo de retención documental del SG-SST 9. Descripción socio demográfica y diagnóstico de condiciones de salud 10. Actividades de medicina en el trabajo y promoción de la salud.
¿Habrá multa en caso de incumplimiento de los estándares mínimos?
El incumplimiento de la implementación de estos nuevos estándares mínimos acarreará multa de hasta quinientos (500) salarios mínimos, graduales de acuerdo a la gravedad de la infracción, los cuales serán destinados al Fondo de Riesgos Laborales.
¿Quiénes no están obligados a implementar los estándares mínimos?
No están obligados aquellos trabajadores independientes con afiliación voluntaria al Sistema General de Riesgos Laborales.
La autoridad competente empezará a ejercer su facultad de inspección, vigilancia y control a partir de noviembre de 2019, motivo por el cual lo exhortamos a dar cumplimiento a estos nuevos parámetros lo más pronto posible.