“Para efectos del impuesto sobre las ventas, los servicios prestados y los intangibles adquiridos o licenciados desde el exterior, se entenderán prestados, licenciados o adquiridos en el territorio nacional y causarán el respectivo impuesto cuando el usuario directo o destinatario de los mismos tenga su residencia fiscal, domicilio, establecimiento permanente, o la sede de su actividad económica en el territorio nacional"

Contribuyentes

Sujetos sin residencia o sin domicilio en Colombia, que presten servicios desde el exterior gravados con el impuesto sobre las ventas -IVA- en Colombia.

Los contribuyentes obligados a declarar y pagar este impuesto deben inscribirse previamente en el Registro Único Tributario (RUT) en Colombia y solicitar su firma electrónica.

Calendario Tributario - Periodicidad

El impuesto se debe presentar y pagar de manera bimestral

Los períodos bimestrales son seis así:

1. enero -febrero

2. marzo -abril

3. mayo -junio

4. julio -agosto

5. septiembre -octubre

6. noviembre -diciembre

Los vencimientos para la presentación y el pago de los períodos gravables 2019 son:

                  Período               Hasta el día
1 enero -febrero 15 de marzo de 2019
2 marzo -abril 17 de mayo de 2019
3 mayo -junio 17 de julio de 2019
4 julio -agosto 17 de septiembre de 2019
5 septiembre -octubre 14 de noviembre de 2019
6 noviembre -diciembre 16 de enero de 2020

 

Como Presentar la Declaración de Impuesto

Seleccionar:

Formulario 325, “Declaración de Impuesto sobre las ventas - IVA de prestadores de servicios desde el exterior".

La presentación de la declaración del impuesto sobre las ventas de se efectúa de manera virtual, con firma electrónica, a través de los Servicios Informáticos Electrónicos de la DIAN.  ingresando en el link https://muisca.dian.gov.co/WebArquitectura/DefLogin.faces

Deben ingresar como usuarios registrados y buscar la declaración por el botón que aparece en el tablero de mando:

O por la opción Diligenciar y presentar para seleccionar el formulario 325:

Como Pagar el Impuesto

Para el pago del impuesto, el servicio de diligenciamiento ofrece dos opciones:

1. Si va a realizar el pago fuera del país, el Servicio Informático Electrónico SIE de la DIAN le generará una pantalla con el valor a pagar en dólares estadounidenses (TOTAL DUE) con su equivalencia en pesos colombianos, y un número de referencia del pago (490 Payment reference) para que el contribuyente realice la transferencia a la siguiente cuenta del Ministerio de Hacienda y Crédito Público en el Banco Citibank.

  • * Nombre: CITIBANK NA,
  • * Número de cuenta: 70210000000000002,
  • * ABBA: 031100209,
  • * SWIFT: CITIUS33,
  • * Ciudad: NEW CASTLE - DE
  • * Estado: Delaware. 

ImportanteSeñor CONTRIBUYENTE recuerde que al momento de realizar la transferencia el pagador deberá incluir, de manera obligatoria, en la referencia de pago, el número del recibo que aparece en la pantalla en el campo “490 payment reference", y el valor registrado en la casilla TOTAL DUE, que se resaltan a continuación:

2. En Colombia, diligenciando el Formulario 490 “Recibo oficial de pago impuestos nacionales", el concepto de pago correspondiente es el 59, IVA prestación de servicios desde el exterior" (casilla 2), con el cual puede pagar de manera electrónica a través de PSE, o presencial en los bancos autorizados.