Aunque para las aplicaciones el impuesto será menor que lo previsto, Fedesoft señala que los empresarios tendrán alzas en sus productos.
ras dos días de debate en las plenarias del Congreso fue aprobada la reforma tributaria de Gustavo Petro. Y entre los puntos que pasaron está el impuesto a las plataformas digitales, contemplado en el artículo 48, de ‘tributación por presencia económica significativa en Colombia’.
Así, se encontrarán sujetos al impuesto los servicios de publicidad ‘online’, los servicios de contenidos digitales (sean online o descargables), incluyendo aplicaciones móviles, libros electrónicos, música y películas.
También se aplicará a los servicios de ‘streaming’ que suministran firmas como Netflix, Disney Plus, HBO Max y Apple TV; a plataformas de video, música, podcasts o cualquier contenido digital), los servicios online de plataformas de intermediación (plataformas de movilidad) y suscripciones digitales (audiovisuales, noticias, juegos, revistas, música, periódicos).
Otra de las líneas que también deberán pagar impuestos son los servicios o licenciamientos de motores de búsqueda ‘online’, estandarizados o automatizados; softwares personalizados, servicios en la nube, suministro de enseñanzas o entrenamiento a distancia, suministros de derecho de uso o explotación de intangibles y cualquier servicio prestado a través de un mercado digital con destino a usuarios ubicados en el país. De acuerdo con el texto final de la reforma tributaria en el Congreso, “la persona no residente o entidad no domiciliada en Colombia a la que se refiere esta disposición, podrá optar por declarar y pagar en el formulario del impuesto sobre la renta, una tarifa del 3% sobre la totalidad de los ingresos brutos derivados de la venta de bienes y/o prestación de servicios digitales, desde el exterior, vendidos o prestados a usuarios ubicados en el territorio nacional”.
José Daniel López, director ejecutivo de Alianza IN, gremio de las aplicaciones, señaló que este resultado es una “victoria” importante, ya que se “logró mitigar significativamente el impacto del impuesto digital que crea la reforma tributaria”.
“Logramos reducir la tasa para que no se pague el 5% del ingreso bruto como venía, sino que sea una tarifa 3%. Es decir que se logró una reducción del 40% en el valor de esa tasa. Asimismo, logramos que no entre en vigencia inmediatamente, sino a partir del primero de enero del 2024”, comentó López.
Y agregó que este tiempo que tardará el impuesto en regir, un año, servirá también para que las plataformas puedan discriminar los ingresos por país, con el fin de desarrollar las contabilidades específicas.
“Para una plataforma que presta un servicio de manera global tener la posibilidad de discriminar qué ingresos toma en un país y desarrollar contabilidades específicas en función no es una tarea sencilla, es una tarea que requiere tiempo. Asimismo, también será un año que nos permitirá mirar si la Ocde logra avanzar en su impuesto digital colectivo, porque si lograra avanzar, ese impuesto prevalecería sobre el impuesto local contemplado en la tributaria”, comentó López.
Pero si bien se ha hablado específicamente del incremento que tendrían las plataformas de ‘streaming’, por el otro lado en los servicios de software también se verá un incremento en los servicios o productos.
Ximena Duque, directora ejecutiva de Fedesoft, explicó que “la industria se afectará” con este impuesto. “Nosotros utilizamos esas plataformas y esos servicios internacionales para poder operar, es nuestra materia prima. Lo que va a pasar es que en la medida que esas herramientas suban de precios, el empresario terminará pagando más para poder desarrollar sus productos y servicios”, afirmó Duque.
Asimismo, la directora del gremio dijo que este tipo de medidas podrían restarle competitividad al país, afectando así a la industria local que se ha venido fortaleciendo.
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