Obligados a declarar renta en el 2023. (Año gravable 2022)
- Asalariados cuyos ingresos brutos provengan por lo menos en un 80% de pagos originados en una relación laboral o legal y reglamentaria.
Deben presentar declaración de renta cuando incumplan alguna de las siguientes condiciones:
- Que no sean responsables del impuesto a las ventas IVA,
- Que el patrimonio bruto en el último día del año gravable 2022 no exceda de 4.500 UVT ($ 171.018.000).
- Que los ingresos brutos sean inferiores a 1.400 UVT ($ 53.206.000).
- Que los consumos mediante tarjeta de crédito no excedan de 1.400 UVT ($53.206.000).
- Que el valor total de compras y consumos no supere las 1.400 UVT ($ 53.206.000).
- Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras, no excedan de 1.400 UVT ($ 53.206.000)
Las otras personas naturales y sucesiones ilíquidas deben presentar declaración de renta cuando incumplan alguna de las siguientes condiciones:
- Que no sean responsables del impuesto a las ventas IVA,
- Que el patrimonio bruto en el último día del año gravable 2022 no exceda de 4.500 UVT ($ 171.018.000).
- Que los ingresos brutos sean inferiores a 1.400 UVT ($ 53.206.000).
- Que los consumos mediante tarjeta de crédito no excedan de 1.400 UVT ($53.206.000).
- Que el valor total de compras y consumos no supere las 1.400 UVT ($53.206.000).
- Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras, no excedan de 1.400 UVT ($53.206.000)
Personas naturales no residentes no deben presentar declaración de renta siempre y cuando se encuentren en alguna de las siguientes situaciones