En el marco de la declaratoria de emergencia sanitaria y con el objetivo de facilitar el pago de los anticipos establecidos en los decretos 520 y 401que tienen que ver con el pago de los anticipos de los impuestos de Renta y Sobretasa a las entidades financieras, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN- habilitó una nueva funcionalidad en el servicio de diligenciamiento.
Al iniciar el diligenciamiento de la declaración, encontrará el botón pago cuotas, a través del cual, se generan los recibos correspondientes del anticipo a pagar, de acuerdo con el tipo de contribuyente y la obligación tributaria que tenga a cargo.
Grandes contribuyentes
En el caso de los Grandes Contribuyentes se creó en el selector de cuotas la opción número 4, con la que podrá pagar la primera cuota de la sobretasa a las entidades financieras. La segunda cuota de la sobretasa a las entidades financieras la pagarán con la presentación de la Declaración de Renta. Entre tanto, con las opciones 1, 2 y 3 podrá realizar los pagos al Impuesto de Renta.
Personas jurídicas
Para las personas Jurídicas se creó en el selector de cuotas la opción número 3, con la que podrá hacer el pago de la primera cuota de la sobretasa a las entidades financieras y la opción número 4 para pagar la segunda cuota de la sobretasa a las entidades financieras. Para realizar los pagos del Impuesto de Renta, puede seleccionar las opciones 1 y 2.