Fuente: https://www.mintrabajo.gov.co/web/guest/prensa/comunicados/2022/marzo/%C2%BFcomo-detectar-y-que-hacer-cuando-hay-acoso-laboral-

El Ministerio del Trabajo a través la viceministra de Relaciones Laborales e Inspección, Isis Andrea Muñoz Espinosa, explica a todos los trabajadores qué rutas se deben tomar y cómo detectar si se han sentido víctimas de acoso laboral.

La ley 1010 del 2.006, estableció: “toda conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un empleado, trabajador por parte de un empleador, un jefe o superior jerárquico inmediato o mediato, un compañero de trabajo o un subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducir la renuncia del mismo”. Este acoso se entiende en seis modalidades diferentes:

- Maltrato laboral

- Persecución laboral

- Discriminación laboral

- Entorpecimiento laboral

- Inequidad laboral

- Desprotección laboral

“La Ley añade que dentro de esta modalidad también se considera todo comportamiento tendiente a menoscabar la autoestima y la dignidad de quien participe en una relación de trabajo de tipo laboral”, precisó Muñoz.

la competencia sancionatoria, recae en los jueces laborales, pero la misma norma, determina que cuando la posible víctima de acoso laboral ponga en conocimiento del inspector de trabajo del lugar de los hechos, esta situación, el funcionario, debe adelantar las actuaciones administrativas pertinentes a fin de verificar que se estén aplicando, por parte de la empresa, es decir, las medidas preventivas y correctivas mediante la cual se establece la conformación y funcionamiento del comité de convivencia laboral en entidades públicas y privadas.

En tal sentido, el Ministerio del Trabajo, a través de sus inspectores, al recibir la denuncia, conminará preventivamente al empleador para que ponga en marcha los procedimientos confidenciales y programe actividades pedagógicas o terapias grupales de mejoramiento de las relaciones entre quienes comparten una relación laboral dentro de una empresa.

La viceministra invitó a todos los ciudadanos a denunciar cualquier tipo de acto que atente contra sus derechos laborales y agregó que el Ministerio del Trabajo tiene abiertos sus canales de atención al ciudadano para atender todo tipo de denuncias de acoso laboral.

Entre sus canales de atención están las líneas telefónicas, en Bogotá (601) 3779999 Opción 2 y la línea nacional gratuita 018000 112518. Además, a través de la página web www.mintrabajo.gov.co podrá radicar su denuncia o si lo prefiere, agendar una cita con un asesor del Ministerio.