Febrero 22 de 2022
Número 790
Redacción: J. Orlando Corredor Alejo
El uso de la tecnología ha tomado fuerza al interior de la DIAN y de hecho, muchos procesos de fiscalización y control se están haciendo desde el escritorio. Recordemos el tema del NIT 444 en medios magnéticos, el programa de control de autorretenciones versus ingresos de renta, el programa de periodicidad de las declaraciones del IVA, entre otros.
Pues bien, desde siempre la DIAN ha señalado que todas sus comunicaciones electrónicas deben llevar un código de verificación de autenticidad, e inclusive en esas comunicaciones masivas se acostumbra a señalar que “Para confirmar la autenticidad de esta notificación puede hacerlo mediante el sistema de validación de correos en el portal web DIAN (con el código de verificación de autenticidad) o a través de este código Qr”.
Desde hace unos días, la administración de grandes contribuyentes de Bogotá ha lanzado un ‘aparente’ programa de control relacionado con la facturación electrónica, programa consistente en verificar el valor facturado mediante facturas electrónicas validadas de los meses de noviembre y diciembre de 2021, versus la información de ingresos que reposa en la declaración de IVA de ese bimestre y seguramente el valor de ingresos reportados en autorretención especial.
Hemos utilizado la palabra ‘aparente’ porque curiosamente en esa comunicación no se respeta el santo y seña de seguridad de este tipo de correos masivos, lo que hace dudar de su autenticidad. En apariencia se trata de un correo no malicioso, pero con este tema de seguridad cibernética vaya uno a saber hasta dónde se trata de un correo que no proviene de la fuente que dice tener. Su contenido es bastante técnico y no pide nada distinto que revisar la situación, pero por si las dudas, es mejor prevenir que lamentar… O sea, señor director de la DIAN, señores funcionarios de la Administración: ¿es esta una comunicación auténtica? Si lo es, ¿por qué no conservan los protocolos de seguridad a que nos tienen acostumbrados? ¿Aló?
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