(Finanzas personales) Este tributo simplificado que reemplaza al impuesto de renta para los pequeños negocios se implementó para que los tenderos encontraran beneficios en la formalización, pero terminó relegado al fracaso.
Cuando se le pregunta a don Julio, dueño de una pequeña cigarrería en el sector de Quinta Camacho en Bogotá, su opinión sobre el monotributo, su respuesta es exactamente igual que la de cientos de tenderos que aún no saben lo que este impuesto significa. “Eso es porque quieren ponerle más impuestos a las personas que sí nos partimos el lomo trabajando”.
Como don Julio, muchos de ellos asocian este impuesto con el hecho de que deben pagar más, cuando en realidad, lo que se busca con ello es que se simplifique el impuesto de renta, IVA y seguridad social en un solo aporte.
Los que sí lo han escuchado pero aún no encuentran el interés en hacer parte de él, alegan que no es voluntario como quieren hacerlo pasar y que ha habido muy poca información con respecto al tema. Marta Linares, administradora de la peluquería Enredos, dice que “nuestro gremio aún no tiene presente los requisitos, y hace falta más educación para que la gente vea incentivos en evitar la evasión”.
Este impuesto, que se creó en la reforma tributaria de 2016, busca la simplificación y la inclusión financiera en un sector donde la informalidad es muy común. Así que si usted es dueño de un negocio y todavía no se ha acogido a este sistema ni sabe muy bien de qué se trata, le contamos lo básico.
¿Cómo funciona?
La base gravable del monotributo está integrada por la totalidad de los ingresos brutos, ordinarios y extraordinarios, percibidos en el respectivo período gravable del negocio. Pueden acceder a él personas naturales o comerciantes al por menor, que tengan establecimientos con un área inferior o igual a 50 metros cuadrados e ingresos brutos entre $46 millones y $116 millones en el año 2018.
Es decir si usted tiene un negocio como una tienda de barrio, peluquería, ferretería, charcutería, carnicería, serviteca; tienda de tecnología, deportivo, de ropa y accesorios; venta de electrodomésticos, librería, papelería, droguería o comercio online, puede adoptarlo.
Los beneficios son que una parte del pago del tributo se aporta al programa de Beneficio Económico Periódico (BEPs), que le permitirá hacer un ahorro para la protección su vejez; también acceder a una cobertura de un seguro de vida y exequial, al régimen de independientes de Cajas de Compensación Familiar y a la afiliación a la Administradora de Riesgos Laborales (ARL). Además podrá usar el datáfono en su comercio sin el cobro de la retención en la fuente.
El valor mensual y anual a pagar por el monotributo depende de la categoría a la que usted pertenezca, que a su vez debe responder a sus ingresos brutos anuales, así:
Categoría A: Aporte mensual de $44.166
Categoría B: Aporte mensual de $66.333
Categoría C: Aporte mensual de $88.416
Se paga a partir del 3 de septiembre de 2018 y hasta el 30 de enero de 2019, diligenciando en el formulario 490 (Recibo de pago tributos internos DIAN), el código 85, en la casilla #2. Simultáneamente con el pago del Impuesto, debe pagar en Colpensiones el aporte de Beneficios Económicos Periódicos (BEPS) o riesgos laborales.
Falta de difusión
Nicolás Carrero, abogado tributarista y socio fundador de la firma Carrero y Asociados, afirma que al programa “lamentablemente le faltó publicidad, le faltó duración y financiación y es un sistema que no ha despegado porque no ha cumplido la expectativa de contribuyentes”.
Para el experto la intención filosófica es muy buena, pero le ha faltado divulgación. Además “los requisitos son muy limitados, por ejemplo si mi local comercial mide 55m2 ya paga como si fuera uno de 1.000m2. Es un sistema que la misma Dian ya reconoció fallido”.
El año pasado debían inscribirse aquellos que querían participar en el piloto y las entidades involucradas esperaban que al menos 200.000 comerciantes se presentaran. Pero las campañas de pedagogía solo se vinieron a hacer en el último mes antes del plazo final de inscripción, que fue en marzo. Por lo que se terminaron inscribiendo solo 35 personas naturales, de los cuales menos de 20 (entre 14 y 17) resultaron efectivos.
En agosto del año pasado, cuando se celebró el día del tendero, la Diantambién perdió una gran oportunidad de difusión ya que no asistió al evento, realizado en más de 15 ciudades, porque se hacía al aire libre y la entidad no podía vincular a los más de 85.000 tenderos asistentes.
Cifras del Consejo Privado de Competitividad (CPC) indican que solo los negocios con una utilidad del 30% serían competitivos para ingresar a este régimen diferencial, pero como la gran mayoría de los comercios no facturan la cantidad suficiente para obtener esos márgenes, no resulta viable porque el tributo presenta desventajas frente al de renta ordinaria, y tiene errores técnicos en sus tasas marginales.
Carrero dice que en la próxima reforma tributaria que presentará el presidente Iván Duque, se tendrá que eliminar o a reestructurar, porque no terminó siendo lo esperado. “Pienso que se debe cambiar en el sentido de que dé más incentivos y más apoyo económico a los tenderos especialmente en el sistema de seguridad social, además que se incluyan a los microempresarios para que la cobertura sea muchísimo mayor”.
Así que por lo pronto se debe esperar a que el sistema, que pretende llevar la formalidad a una economía donde el 24% de los negocios son tiendas de barrio y donde existen más de 2.5 millones de micro, pequeñas y medianas empresas, coja fuerza y se le de la importancia necesaria desde el Estado.
Obtenido de: Finanzas Personales