El MinTrabajo definió 18 bases que estarán en el articulado que saldrá en marzo, los sindicatos esperan que en 2024 lleguen las nuevas normas
Desde 2024 podrían haber fuertes cambios en temas como las horas extra, la jornada nocturna o dominical e incluso en la regulación de las plataformas digitales. Todo esto por cuenta de la reforma laboral que empezó a estudiar el Gobierno y llegará al Congreso para el comienzo de la legislatura en marzo.
Lo primero en esta ruta para la reforma laboral está en el Ministerio de Trabajo, la cartera definió una agenda que ya empezó, la cual se basa en una serie de visitas a las regiones, pensadas en conversaciones con trabajadores informales, empresarios, empleados, sindicatos, y todo el ecosistema de la cadena laboral, las revisiones de campo serán en alianza con la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
¿De qué hablarán?
Los temas que se tratarán en estas conversaciones son los 18 puntos base que tocará la reforma, según explicó la ministra Gloria Inés Ramírez, estos son “principios laborales constitucionales, estabilidad laboral y modalidades de contratos, tercerización y la subcontratación, unidad de empresa, control al uso de contratos de prestación de servicios, contrato de aprendizaje, dominicales y festivos, jornada nocturna, automatización, descarbonización, trabajo en plataformas digitales, trabajo rural, trabajo informal, trabajo migrante, trabajo sexual, equidad y reducción de brechas, asociación sindical, negociación colectiva y las huelgas”.
Por eso mismo Diógenes Orjuela, secretario general de la (Central Unitaria de Trabajadores de Colombia), dijo que “lo que se buscará es que esos 18 puntos que fueron parte de diálogos entre empresarios y trabajadores ahora representen cambios en la norma laboral. Por eso mismo uno creería que se deben ajustar temas como las horas extra, su costo, el momento desde el que se considera una jornada nocturna; sería el resultado de la reforma”. Es decir, esperan cambios en todos esos puntos; para el líder sindical, que hayan ajustes en la norma como está escrita hoy, “no va de la mano con lo que dicen reglas internacionales, por eso la OIT está acompañando ese proceso”.
Aún no hay nada acordado para un borrador, el mensaje del Gobierno es que el proceso recién empezó, en marzo estará la elaboración del proyecto de reforma, hasta que este llegue al Congreso y empiece sus debates. Por eso los empresarios no han comentado sobre el tema, la Andi, Fenalco y la SAC dijeron a LR que los comentarios sobre el proyecto se harán hasta que el documento esté redactado.
El año pasado el presidente de la Andi, Bruce Mac Master, fue claro al mencionar que con la iniciativa del MinTrabajo “la reforma debe centrarse en la generación y formalización del empleo y no en dar más prebendas a los trabajadores”.
¿Entonces qué cambiará?
Con esos 18 elementos ya mencionados sobre las bases de la reforma, y que los sindicatos creen que significará modificaciones al código del trabajo, lo primero que esperan definir es ajustes en las horas extra.
El viceministro de Trabajo, Edwin Palma, explicó que “la reforma busca dar una renovación a puntos que se implementaron en otro momento, como los del Gobierno de Álvaro Uribe”. Precisamente esta administración generó cambios en horarios y pagos extra.
Sebastián Salazar, asociado senior de Laboral en Cuatrecasas, explicó que “la Ley actualmente considera como trabajo nocturno todo aquel que se realice entre las 9:00 p.m. y las 6:00 a.m. Si la jornada de trabajo de un empleado involucra laborar en algún horario comprendido entre esas horas, tendrá un recargo del 35% sobre el valor de su hora regular. Si, por el contrario, lo que ocurre es que el trabajador labora tiempo extra en algún horario comprendido en esas horas, tendrá derecho al pago de una hora extra nocturna, que corresponde al valor de una hora adicional regular de trabajo más un 75%”.
Los ajustes en dominicales
Como la ministra Ramírez aclaró que es amplio el grupo de modificaciones que se contemplan en la reforma, el abogado Sebastián Salazar de Cuatrecasas, recordó que en materia de jornadas dominicales hoy la Ley establece que “si la jornada de trabajo de un empleado involucra trabajar en domingo, dependiendo de la regularidad con la que trabaje los domingos en un mismo mes, tendrá derecho a recargos adicionales (75%) por dicho trabajo, si es ocasional (dos domingos o menos al mes) el trabajador tiene derecho a un descanso compensatorio remunerado”.