Mediante nota de prensa de noviembre 16 de 2023, la Corte Constitucional anuncia la decisión dentro del expediente que juzga la demanda de inconstitucionalidad en contra de la norma de la reforma tributaria.

Documento TRIBUTAR-io

Noviembre 16 de 2023

Número 858

Mediante nota de prensa de noviembre 16 de 2023, la Corte Constitucional anuncia la decisión dentro del expediente que juzga la demanda de inconstitucionalidad en contra de la norma de la reforma tributaria que prohíbe la deducción de las regalías. El artículo 19 de la Ley 2277 dispuso que la contraprestación económica a título de regalía de que tratan los artículos 360 y 361 de la Constitución Política no será deducible del impuesto sobre la renta ni podrá tratarse como costo ni gasto de la respectiva empresa, indistintamente de la denominación del pago y del tratamiento contable o financiero que el contribuyente realice, e independientemente de la forma del pago de la misma, ya sea en dinero o en especie.

Pues bien, en la sesión del día de hoy (noviembre 16) la Corte asumió la decisión de declarar inexequible esa regla prohibitiva.

Se trataba de una norma prohibitiva que afectaría la exploración y explotación de recursos naturales no renovables, es decir, el sector petrolero y minero, lo que generaba una expectativa de aumento de su tasa de tributación al impedir la deducción de un costo tan relevante para dichos sectores. Además, la tributación de tal sector se aumenta con los puntos adicionales que creó el artículo 10 de la misma reforma, con la expectativa de hacer crecer la tasa de impuesto de renta hasta en el 50% (nominal), pero quizá un 80 o más por ciento si se la mira como tasa efectiva.

Esta decisión es una de las mas importantes que asume la Corte al punto que, según lo anunciamos en nuestro DOCUMENTO TRIBUTAR-io 846 de julio del presente año, la Corte se valió de dos audiencias en las que escuchó tanto a representantes del Gobierno, como al sector privado, a los demandantes, al Consejo Técnico de la Contaduría y otros entes asociados al tema. En esas dos sesiones de trabajo tuvimos la oportunidad de escuchar y presenciar la lánguida defensa realizada por el Director de la DIAN, acompañada de la fuera de contexto intervención del Ministro de Hacienda, pero, en cambio, se evidenció la magistral intervención de Ana María Barbosa, en representación de los demandantes, Juan Esteban Sanín, también como demandante, la brillante y clara exposición de Juan Pablo Godoy, como presidente del ICDT y, en fin, otros actores no gubernamentales, que mostraron con lujo de detalles la filigrana asociada al tema, misma que superó con creces la opaca intervención del Gobierno y permitió a la Corte llenarse de argumentos para tomar la decisión que era previsible iba a venir.

La nota de prensa puede consultarse en: https://www.corteconstitucional.gov.co/noticia.php?Nota-de-prensa-EXPEDIENTE-D-15097-9650 

Esta, sin duda es una muy buena noticia para el sector afectado y una pésima noticia para el Gobierno, que se traduce en una derrota porque, como es sabido, guarda especial aversión contra el sector petrolero y minero y públicamente ha hecho manifestaciones de indolencia contra ellos. De manera que aplauso para los actores de la decisión y sentido pésame para el Gobierno a quien poco a poco se le seguirá desmoronando su reforma en los temas fundamentales. ¿Aló?

 

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