Julio 22 de 2021
Número 767
Redacción: J. Orlando Corredor Alejo
Acaba de conocerse un proyecto de resolución que emitirá la DIAN para aclarar la fecha a partir de la cual se ha de adoptar el documento de soporte por operaciones con no obligados a facturar, tema que fue objeto de comentarios en nuestro DOCUMENTO TRIBUTAR-io 763 y 766 del presente año.
Acorde con este proyecto de resolución, la nueva fecha propuesta para adoptar la funcionalidad de factura electrónica y emitir el documento de soporte por operaciones con no obligados será a partir de enero 31 de 2022.
Nada dice este proyecto en relación con la funcionalidad para la expedición del documento equivalente electrónico, que según la Resolución 42 de 2020 debía implementarse antes de junio 30 de 2021 y que entendimos se había corrido para agosto 1 según la Resolución 37. No obstante, ante el silencio que guarda el proyecto de resolución y considerando que el plazo quedó abierto según mandato del Decreto 723 de 2021, se evidencia que la adopción de los documentos equivalentes electrónicos quedan sin fecha de implementación y será necesario que la DIAN desarrolle en posteriores resoluciones lo que corresponda.
En consecuencia, el documento de soporte por operaciones con no obligados a facturar deberá ser implementado a partir de enero 31 del año que viene y los documentos equivalentes, por lo pronto, se siguen emitiendo por el medio tradicional dado que la implementación electrónica queda pendiente de reglamentación, una vez la DIAN organice su sistema interno y defina los
lineamientos para su emisión. En tal sentido, tiquetes de peajes, boletas de ingreso a cine y espectáculos públicos, tiquetes de transporte de pasajeros, extractos, entre otros, quedan en fila para futura reglamentación de manejo electrónico, gracias a que el Decreto 723 de 2021 dejó abierta dicha fecha.
Las fechas y calendario de adopción de la nómina electrónica se mantiene y no sufre modificación alguna.
Por lo pronto, se avizora un alivio en la carga de implementación y adecuación tecnológica del documento de soporte por operaciones con no obligados a facturar. Ya veremos cómo evoluciona el asunto y cómo se desarrollará el tema del documento equivalente electrónico que está en manos de la DIAN para que defina qué documentos equivalente electrónicos y qué calendario se adopta, todo lo cual depende de su trabajo interno tecnológico. ¿Aló?
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