Objetivo:

 Proporcionar al contador una herramienta que le permita elaborar la declaración de renta y complementarios de las personas naturales para el año gravable 2019 de una manera sencilla y eficaz.

El presente aplicativo contiene la limitación de rentas exentas para las 3 cédulas, así como las deducciones, los INCRNGO, ingresos, costos y deducciones.

Procedimiento:

Una vez el adquirente de ésta herramienta ingrese deberá seguir los siguientes pasos para su correcto diligenciamiento:

Una vez el adquirente de ésta herramienta ingrese deberá seguir los siguientes pasos para su correcto diligenciamiento:

  • En la parte superior del archivo encontrará una pestaña que se llama “Renta Persona Natural”, allí encontrará los íconos que lo dirigen al diligenciamiento de cada una de las rentas y cédulas, deberá dar click en el ícono a diligenciar.

  • El ícono de Manual del Usuario encontrará un link que lo conduce a un video de Youtube en el que se le entregarán indicaciones más gráficas para el uso del archivo.

  • En la parte derecha de la cinta desplegable llamada renta persona natural, encontrará las redes sociales de Accounter SAS y ITGS SAS.

  • En la parte central de la hoja de instrucciones, encontrará los enlaces en los que deberá dar click para el diligenciamiento de la renta de la persona natural, son los mismos links que encuentra en la cinta superior.

Cuando ingrese a diligenciar cualquier parte de la renta tenga en cuenta lo que sigue:

  • Las celdas que están en color gris NO deben diligenciarse, los valores que se determinan allí vienen formulados.
  • En las celdas de color blancas se deben consignar los nombres de los activos, ingresos, pasivos, etc; del que se esté relacionando.
  • En las celdas verdes se deberán diligenciar los valores y escoger en algunos casos Si o NO según correponda al condicional.
  • El formulario calcula automaticamente las rentas ajustadas.
  • El formulario calcula la proporción de las rentas exentas.
  • El formulario aplica los límites de rentas exentas y deducciones.

        Conceptos                                                                                                                Valores                  Bloqueadas

En el patrimonio bruto tenga en cuenta:

  • En bancos y cuentas: Aquí colocar concepto y valor.
  • En Acciones, Aportes y vehículos: debe colocarse en descripción el concepto del activo, en reajuste fiscal usted deberá indicar “Si” si desea que sea reajustado fiscalmente ese activo, “No”de ser lo contrario.   Ubicar el activo en el 2019 únicamente si fue adquirido durante ese periodo, si no debe colocarse en costos fiscal a 2018.
  • Activo Fijos Opción 1: Se diligencia igual al anterior, debe tener en cuenta que allí se incluye una casilla que se llama “Avalúo Catastral o Autoavalúo 2019” valor que se debe diligenciar de ser el caso, recuerde que el formato tomará el mator valor entre el costo fiscal y el avalúo. Al final de este recuadro se separa la valorización para efectos de la renta por comparación patrimonial.
  • Activos Fijos y Acciones opción 2: Ésta opción únicamente debe registrarse si el contribuyente desea determinar el valor patrimonial de los activos por el artículo 73 del ET.

En Rentas de Trabajo tenga en cuenta:

  • Ésta renta esta dividida en 4 secciones:
    • La primera son los ingresos, allí encuentra unos conceptos preestablecidos que no se pueden modificar, pues de ello depende el cálculo de las rentas exentas, si la persona natural percibe salarios de mas de 1 compañía deben sumarse todos en el rubro de salarios y cada uno de los conceptos.
    • La segunda son los Ingresos No Constitutivos de Renta ni de ganancia ocasional, allí deben registrarse y tener en cuenta la recomendación del párrafo anterior.
    • La tercera son los costos y gastos, allí consigne los costos y gastos que tengan soporte y relación de causalidad con los honorarios, servicios personales.
    • En el rubro de rentas exenta debe completar los valores que el formulario automáticamente limita según la normativa actual.

NOTA:  Cuando esté en la sección de ingresos, tenga cuenta que los rubros:

Salarios
Bonificaciones no salariales, indemnizaciones, y otros ingresos salariales
Cesantías consignadas
Intereses sobre cesantías
Cesantías 2016 y anteriores

No se pueden duplicar, es decir, si el contribuyente recibe salarios en mas de una compañía deberá sumarse en el concepto de salarios, así con los demás rubros indicados.

En Rentas de Capital tenga en cuenta:

  • Tenga en cuenta los 4 tipos de ingresos que están allí detallados.

En la determinación de los ingresos, en la sección de intereses, hay un rubro que se denomina ingresos presuntos, éste rubro esta destinado para que sea utilizado únicamente por aquellas personas naturales que tienen cuentas por cobrar a la sociedad durante el periodo gravable. Sólo es dar click allí y alimentar el recuadro que aparece, con los préstamos y abonos correspondientes.

En Rentas No Laborales tenga en cuenta:

  • Debe tener en cuenta que allí se deben diligenciar todas las rentas gravables del artículos 239-1, como se puede observar en la imagen.

En el ítem de Interés Presuntivo se deben diligenciar los saldos y movimientos de las cuentas por cobrar a las compañías donde las personas naturales son accionistas, esto con con la intención de generar automaticamente los ingresos presuntivos. Éste ítem alimenta automáticamente la renta de capital.

Renta Presuntiva

El recuadro que aparece en la parte superior de éste formato, NO debe diligenciarse, toda vez que el mismo se diligencia automaticamente de las rentas anteriores, éste valor de la cédula general es el que se compara con la renta presuntiva.

Tenga en cuenta que únicamente debe diligenciar las casillas en verde, que para este caso es muy poco.

Ganancia Ocasional

Los primeros 3 recuadros corresponden a venta de inmuebles diferentes a venta de habitación, allí deben relacionar; o la información del costo fiscal por el artículo 72 del ET o por el artículo 73 del ET, si el año anterior lo declaró por éste artículo. Tenga en cuenta que en año de compra debe seleccionarlo de una lista desplegable.

Tenga en cuenta que cuando se determina el costo de ganancia ocasional, la herramienta le da la opción de diligenciar (para la determinación del costo) el artículo 72 y el artículo 73 del ET, de suerte que usted deberá escoger solamente 1 opción, si deja ambos diligenciados el formulario tomará ambos como costo fiscal e incurrirá en un error, preste atención.

En la venta de casa de habitación tenga en cuenta que debe diligenciar el valor del valor catastral o autoavalúo del 2019, esto para efectos de la renta exenta del artículo 311-1, que únicamente aplica si dicho valor es inferior a 15.000 UVT.

Soporte técnico sobre el formato

Para soporte técnico favor enviar correo electrónico indicando nombre y lugar en el que adquirió el formato al correo electrónico [email protected].

!Importante¡ Accounter es el comercializador de esta herramienta los derechos de autor y elaboración de la misma corresponden 100% a ITGS SAS, cualquier duda, comentario o reclamo sobre la elaboración de esta herramienta se debe remitir directamente al correo electrónico [email protected].