A un día de que comience el plazo para la presentación de la declaración y pago del impuesto a la riqueza –aprobado en la más reciente reforma tributaria–, la Dian reveló que más de 78.000 contribuyentes ya cuentan con la firma digital para poder realizar este trámite. Sin embargo, el ente recaudador señaló que todavía faltan 4.000 personas por acceder a esta herramienta.
Y es que para facilitar la declaración, la Dian puso en marcha la identificación de 25.000 sujetos pasivos del impuesto a la riqueza que no contaban con la firma digital. Con campañas de divulgación y con el envío de correos electrónicos que estaban registrados en el RUT, la entidad logró que 20.000 contribuyentes accedieran al mecanismo en mención.
El ente recaudador recordó que deberán declarar este tributo quienes al corte del 1 de enero del 2015 tenían un patrimonio líquido igual o mayor a $1.000 millones. Este impuesto aplica para personas jurídicas, personas naturales, sociedades de hecho y sucesiones ilíquidas.
Según la Dian, 32.000 empresas y 52.000 personas naturales están obligadas a realizar la declaración de su riqueza. La meta de recaudo establecida es de $4,9 billones aproximadamente.
Además, la reforma estableció que con este gravamen deberán cumplir los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios; las sociedades extranjeras que tengan riqueza (directa o indirectamente) en el país y las personas naturales no residentes en Colombia que tengan un patrimonio en territorio nacional.
De acuerdo con los plazos establecidos por la Dian, entre el 12 y el 26 de mayo se podrá realizar la declaración y pago de la primera cuota del impuesto en mención.
Entretanto, el pago de la segunda cuota tendrá que hacerse efectivo entre el 8 y el 21 de septiembre. Para este procedimiento, el contribuyente debe tener en cuenta su NIT.
La firma digital, desde el momento en que entre en vigencia, explicó la entidad tributaria, tiene una vigencia de tres años. Si se necesita, puede renovarse de manera virtual durante los 30 días anteriores a su expiración.
LOS PASOS PARA REALIZAR EL PROCESO
Quienes estén en obligación de hacer la declaración del impuesto a la riqueza (personas naturales o jurídicas), primero deberán acceder a la página web www.dian.gov.co (en este portal se deberá buscar el botón que dice Usuarios Registrados).
Allí, el declarante deberá dar clic en la opción “Diligenciar y presentar”. Luego de este paso, aparecerá el formulario número 440 del año 2015.
Al haber terminado esta fase, el contribuyente tendrá que firmar de manera digital. Posteriormente, hay que presentarla y liquidar (si hay algún valor por pagar).
Quienes no cuenten con firma digital, podrán acercarse a los puntos de contacto de la entidad en todo el país.
tomado de:https://www.portafolio.co/finanzas-personales/pagos-impuesto-la-riqueza