La Corte explicó que el trato tributario diferenciado entre las sociedades que desarrollan actividades agropecuarias, dependiendo de la fecha de su constitución no se ajustaba a la Carta Política.
La Corte explicó que el trato tributario diferenciado entre las sociedades que desarrollan actividades agropecuarias, dependiendo de la fecha de su constitución no se ajustaba a la Carta Política.