(Ámbito Jurídico) La Secretaría de Hacienda de Bogotá publicó el calendario tributario que regirá la declaración y pago de las obligaciones tributarias durante el 2020. De esta manera, los contribuyentes del impuesto predial podrán acceder a un descuento del 10 % si pagan hasta el próximo 27 de marzo; sin descuento, ni sanciones lo podrán hacer hasta el 19 de junio.
Así mismo, quienes lo deseen pueden realizar la declaración vía web hasta el próximo 31 de marzo, para efectuar el pago por cuotas, las cuales están previstas así: 15 de mayo, 10 de julio, 11 de septiembre y 13 de noviembre.
Cabe anotar que la Resolución 190 del 2018, por la cual se establecieron los lugares, plazos y descuentos para el cumplimiento de obligaciones tributarias, fue recientemente modificada por la Resolución 628, del pasado 26 de diciembre, en lo que se refiere al impuesto predial.
Los contribuyentes del impuesto de vehículos podrán acceder a un descuento del 10 % por pronto pago, si lo efectúan hasta el día 8 de mayo del 2020. Después de esta fecha, y hasta el 26 de junio, no tendrán sanciones, pero deberán pagar el valor pleno sin descuentos.
Por último, los plazos para efectuar el pago del impuesto de industria y comercio bimestral del régimen común arrancan el 20 de marzo del 2020 y finalizan el 22 de enero del 2021. Los contribuyentes del régimen común con pago anual pagarán el 17 de enero del 2020 el valor correspondiente al año gravable 2019, mientras que los contribuyentes del régimen preferencial lo harán el 24 de enero del 2020 por el año gravable 2019 y el 29 de enero del 2021 por el año gravable 2020.
Secretaría de Hacienda de Bogotá, Res. 628, Dic. 26/19.
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