Inicialmente, el plazo vencía el próximo 31 de enero situación que estaba generando gran congestión en las diversas oficinas de la entidad. A través de la resolución 139 de 2012, la Dian adoptó la nueva clasificación de actividades económicas. Esto implica que las personas inscritas en el RUT deben actualizarlo con el nuevo código de actividad.
Para realizarlo deberán acercarse a las oficinas de la Dian con el documento de identidad correspondiente.
En Colombia son cerca de 8 millones de personas naturales y jurídicas quienes deben realizar este trámite, no obstante la Dian facilitó a 2 millones 888 mil clientes esta actualización de forma automática; para verificar si usted estuvo dentro de estos seleccionados deberá ingresar a dian.gov.co y en la sección de 'Novedades' hacer clic en 'Actualice su código de Actividad Económica'.
La dirección de impuestos también tiene disponible el servicio de actualización por internet, el cual está dirigido para las personas clasificadas en el Régimen Simplificado del IVA que cuenten con mecanismo de firma digital, ellos podrán acceder solo si tienen habilitada la cuenta de usuario de la Dian, procedimiento que se puede realizar por medio de la misma página web ingresando al botón 'Nuevos Usuarios', es indispensable tener el Registro Único Tributario al momento de crear la cuenta.
Actividades que no cambiaron
Quienes se encuentren inscritos bajo las actividades de asalariado código 0010, rentista de capital código 0090, personas naturales sin actividad código 0081 y personas naturales subsidiadas por terceros código 0082 no deberán actualizar su RUT, ya que estos códigos no sufrieron modificación.
Tomado de: cronicadelquindio.com