(Motor.com) Con el Acuerdo 665 deudores obtendrán un beneficio tributario de hasta de un 60 por ciento en las sanciones e intereses generados. 31 de mayo vence.
El próximo 31 de mayo vence el plazo para que los propietarios de vehículos matriculados en Bogotá, se acojan al Acuerdo 665 de 2017 que ofrece ‘condiciones especiales de pago’ para el pago del impuesto de vehículos año vigencia 2014 y anteriores.
Con la aprobación de dicho acuerdo por parte del Concejo de Bogotá y la Alcaldía Mayor, en marzo de este año, alrededor de 55 mil contribuyentes se beneficiarán y quedarán al día con el pago de los impuestos no declarados.
La Dirección de Impuestos de Bogotá espera recuperar alrededor de 10 mil millones de pesos bajo estas ‘condiciones especiales de Pago’. Con este beneficio los deudores tienen la oportunidad de pagar el 100 por ciento del capital adeudado con descuento en los intereses moratorios causados hasta la fecha en que se efectúe el pago total de la obligación.
Sin embargo, este beneficio no aplica para deudores que hayan suscrito otros acuerdos de pago ante el Distrito con anterioridad.
Según explicó Beatriz Elena Arbeláez Martínez, secretaria de Hacienda, esta iniciativa permite que los propietarios de vehículos obtengan hasta un 60 por ciento de descuento en las sanciones e intereses generados sobre impuestos sin declarar desde el 2014 hacia atrás.
Para obtener este beneficio los contribuyentes deben ir a la red de SuperCades de la ciudad de lunes a viernes en horario de 7:00 a.m. a 5:30 p.m., en jornada continua, y los sábados de 8:00 a.m. a 12 del medio día. Allí deben manifestar el interés en acogerse al Acuerdo y pagar la totalidad del impuesto adeudado antes del 31 de mayo.
En caso de no poder acudir el titular del vehículo, puede hacerlo un tercero autorizado por escrito, con copia de la cédula del propietario. La segunda y última oportunidad para ponerse al día con el impuesto de vehículos es pagando entre el 1 de junio hasta el 30 de octubre de 2017. Después de esta fecha no aplicará ningún beneficio.
En este caso el descuento será del 40 por ciento sobre los intereses y sanciones causados hasta el día en que se efectúe el pago, el cual también debe ser del 100 por ciento del capital adeudado.
Cabe aclarar que la entidad viene contactando telefónicamente, mediante mensajes de texto, o comunicaciones a las direcciones de correo físico y electrónico registradas, a quienes adeudan impuestos al Distrito, con la información de los estados de cuenta y los canales de atención habilitados en la ciudad.
Otros beneficios
Por otra parte, el Proyecto de Acuerdo 238 de 2017, aprobado por el Concejo de Bogotá el pasado 18 de mayo, y que se convierte en el Acuerdo Distrital No. 671, beneficiará a quienes tengan multas pendientes de pago por infracciones a las normas de tránsito y transporte en Bogotá y que correspondan a los años 2014 y anteriores.
Una vez el Alcalde Mayor de la capital emita el decreto a través del cual se otorga el beneficio a los ciudadanos y se establezca el procedimiento, quienes tengan multas pendientes de pago por infracciones a las normas de tránsito y transporte en Bogotá tendrán la oportunidad de pagar el 100 por ciento del capital adeudado con descuento en los intereses moratorios causados hasta la fecha en que se efectúe el pago total de la obligación.
De esta forma, quienes paguen antes del 30 de julio de este año obtendrán una rebaja del 80 por ciento en el valor de los intereses.
En caso de no alcanzar a esa fecha, los deudores tienen una segunda oportunidad de acceder a un 50 por ciento de descuento pagando antes del 30 de setiembre, o del 25 por ciento hasta el 15 de diciembre de 2017 como fecha límite.
Según la Secretaría de Movilidad, la oficina jurídica de la entidad realiza los preparativos técnicos y jurídicos para que a más tardar el 18 de junio de este año los multados puedan aplicar a la condición especial de pago.
Conforme a información suministrada por la Subdirección Financiera de la Secretaría Distrital de Movilidad, con corte a 31 de marzo de 2017 el valor global que adeudan los sancionados a la Secretaría de Movilidad por infringir normas de tránsito supera los 400 mil millones de pesos.
Puntos de atención
- Américas: Avenida carrera 86 No. 43 - 55 Sur
- Suba: calle 146A No. 105 - 95
- Bosa: Avenida calle 57R Sur No. 72D - 12
- Calle 13, Movilidad y Hábitat: Avenida calle 13 No. 37 - 35
- Supercade CAD: carrera 30 No. 25-90
- 20 de Julio: carrera 5A No. 30D - 20 Sur
Amnistía a deudores de multas de tránsito
El proyecto de ley 270/2017, que fue radicado a comienzos de este mes en la Cámara, establece que a partir de su promulgación como Ley de la República y por un término de seis meses “los conductores que tengan pendiente el pago de multas por infracciones de tránsito, impuestas antes de la expedición de la presente ley, podrán acogerse a un descuento del 50 por ciento del total de su deuda.
Transcurridos esos seis meses los conductores que no se hayan acogido a este beneficio, podrán acogerse a un descuento del 25 por ciento del total de su deuda, por un término de seis meses más”.
Por el momento el proyecto de ley está a la espera del aval del Ministerio de Hacienda. En caso de que esa cartera dé un concepto positivo, comenzaría su discusión y votación en el Congreso este año.