• La Resolución 008 de 2024 define el calendario de implementación para la generación y transmisión, de forma electrónica, de los documentos equivalentes.
  • Entre el 1 de mayo y el 1 de noviembre son los plazos para la implementación, de acuerdo con la clasificación del contribuyente o el tipo de documento equivalente.
  • Desde ya, la DIAN acompañará y orientará a los contribuyentes para que cumplan con la obligación dentro de los plazos establecidos.

 

Medellín, D.C., 15 de febrero de 2024

De manera paulatina, durante 2024, quienes expidan tiquetes de máquina registradora con sistema POS y otros equivalentes a la factura de venta, tendrán que implementarlos electrónicamente.

Para tal fin, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) amplió, con la expedición de la Resolución 008 del 31 de enero de 2024, los plazos establecidos para la generación y transmisión de forma electrónica de dichos documentos, que tenían un vencimiento ya establecido por la Resolución 165 de 2023.

Para la directora de Gestión de Impuestos de la DIAN, Cecilia Rico Torres, “esta implementación redundará en beneficios importantes como mejoras en los servicios de declaraciones sugeridas, devoluciones automáticas de impuestos, y dispondrá de información en tiempo real de sus soportes venta y/o compra de bienes y/o servicios".

También es clave tener en cuenta que para el nuevo POS electrónico no aplicará el límite de 5 UTV (Unidades de Valor Tributario) para su expedición, ya que ahora puede emitirse por cualquiera que sea el valor de la compra.  Además, siempre que dicho documento electrónico identifique al comprador de bienes o servicios con su nombre o razón social y número de cédula o NIT, le servirán para soportar los impuestos descontables de IVA, costos y deducciones en el Impuesto de Renta y Complementarios.

 

El calendario de implementación

El próximo 1 de mayo vence el plazo para la generación del nuevo POS electrónico para el primer grupo de implementación, que son los Grandes Contribuyentes que sean facturadores electrónicos y expidan tiquetes de máquina registradora con sistema POS como soporte de las operaciones de venta.

Los siguientes vencimientos en el cronograma son: el 1 de junio, para declarantes del Impuesto sobre la Renta que no sean Grandes Contribuyentes y el 1 de julio, para los no declarantes del Impuesto sobre la Renta y quienes no tengan ninguna de las calidades de los grupos anteriores. Por último, entre el 1 de agosto y el 1 de noviembre los 11 documentos que la DIAN contempla como equivalentes de la factura tendrán que pasar a sus versiones electrónicas.

 

Acompañamiento y orientación

Para facilitar este proceso y mantener la cercanía con los contribuyentes, la DIAN, desde ya, viene desarrollando diferentes acciones de acompañamiento para orientar la implementación correspondiente, de modo que se ajuste a los plazos. Adicionalmente, la entidad continuará adelantando otras acciones de acompañamiento, como las ya conocidas jornadas de facturación.

Hoy, en todo el territorio nacional, la DIAN adelantará visitas de control de facturación para orientar de primera mano a los contribuyentes. Serán 1.400 servidores públicos que visitarán alrededor de 4.500 establecimientos de comercio en todo el país, quienes aprovecharán también para hacer revisiones de obligaciones pendientes.

Ayer, 120 contribuyentes recibieron orientación en Medellín, para hacer claridad sobre las novedades y plazos que trae la Resolución 0008 de 2024, la cual amplió los plazos para la implementación de los documentos equivalentes electrónicos.

Finalmente, un aspecto importante para resaltar es que quienes actualmente expiden documentos equivalentes a la factura de venta pueden optar por no implementar el documento equivalente electrónico y, en su defecto, facturar electrónicamente la totalidad de sus ventas.

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