El 12 de agosto inician los vencimientos para presentar las declaraciones de renta de las personas naturales cuyo plazo se extiende hasta el 24 de octubre según lo señala el Decreto 2229 de diciembre de 2023. Por otra parte, sabemos que los vencimientos de información exógena estaban entre abril y junio de 2024, de acuerdo con la Resolución 000162 del 31 de octubre de 2023, para lo cual era necesario elaborar el menos un borrador de la declaración de renta pues es el insumo con el que se preparan los conocidos formatos que exige la norma en cita.

Sin embargo, estamos frente a una circunstancia importante y es que si el contribuyente presentó la declaración en el mismo tiempo de vencimientos de exógena, ya sea para adelantarse al proceso o bien para acogerse al beneficio de auditoría, se vuelve indispensable, obligatorio, cruzar la información exógena que publica la DIAN en su plataforma debido a que este es el punto de partida para la Autoridad Tributaria hacer sus conocidos persuasivos, que al final del día solamente se convierten en un dolor de cabeza, porque parten de una información que en muchas ocasiones no coincide con los soportes documentales que allega el contribuyente y que lo único que genera es desasosiego por la forma insinuante e infundada en que se envían los correos cuya invitación siempre es corregir la renta con un plazo máximo y pagar el valor de los intereses con la sanción por corrección.

Por esto días los contribuyentes personas naturales están recibiendo un persuasivo por medio del cual se informa que la renta de 2022 está mal elaborada porque no se respetaron los topes de renta exenta máxima del 40% ni el equivalente, para ese año, de 5.040 UVT. Mier…coles, ¡que susto! Sin embargo, al revisar, se detecta que la renta está perfecta y que la equivocada es la DIAN que no sabemos de dónde saca su información para remitir semejante persuasivo.

Entonces, además de que estamos en una álgida temporada de rentas, tenemos que verificar que la información de los persuasivos no es correcta, porque muchas veces las declaraciones se encuentran en firme, pero parece ser que los sistemas de tecnología de información de la Autoridad Fiscal no detectan este tema y envían oficios a diestra y siniestra sobre la misma declaración que se encuentra cerrada para revisión. ¡A ver!

En conclusión, como menciona Carlos Guerra en su post de instagram: “el reporte de información exógena es un testimonio que, por sí solo, #nosirveparauncarajo”, lo cierto es que sí sirve para algo, para que quienes nos dedicamos a este valioso quehacer nos den constantes arritmias cardiacas pensando: “Qué me faltó, qué hice mal”, pero bueno, después del susto que venga el gusto. ¿O es al revés? Por ahora, seguir trabajando en lo que nos gusta así nos genere una oscilación constante en el ánimo.

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