(Ámbito Jurídico) La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) informó que viene trabajando en el Registro Único Tributario (RUT) virtual o digital para que los colombianos que deseen formalizar sus negocios o empresas lo puedan hacer a través de la página de la entidad.
“Son unos pasos muy sencillos. Es muy fácil, es prácticamente como abrir un correo electrónico, en donde le vamos a dar unas preguntas y respuestas, decir qué actividad económica tiene y, sencillamente -en muy pocos minutos-, podrá tener ya el RUT, evitándose desplazamientos a puntos de contacto”, según lo dijo el director de Ingresos de la Dian, Lisandro Junco.
También informó que la actualización del RUT le permitirá a la entidad que se formalicen los negocios, lo cual contribuye a un mayor recaudo tributario, que la entidad pronostica del orden del 11,3 % para el cierre del 2019.
“El objetivo es brindarles a los contribuyentes un servicio más ágil, en el cual puedan actualizar sus datos, su actividad económica, cambio de dirección de notificación o el correo electrónico, que podrán hacer a través de la página web de la Dian”, anotó.
La administración tributaria podrá, a través de los cruces de información, determinar si el contribuyente es responsable o no responsable del impuesto a las ventas, destacó Junco.
“Eso significa que si yo antes era del régimen simplificado, la Ley de Financiamiento extingue el Régimen Simplificado. Entonces, entra uno a saber si es responsable o no es responsable del IVA. La Dian podrá, de forma oficiosa y masiva, declarar si usted es responsable o no del IVA. Eso es una ventaja para los contribuyentes, porque se ahorrarán el trámite en los puntos de contacto”, explicó el funcionario.
Indicó, además, que “estamos esperando que el decreto sea firmado por la Presidencia de la República y el Ministerio de Hacienda. Y la apuesta es que apenas esté firmado, inmediatamente, se pueda aplicar para los nuevos contribuyentes y todos aquellos que quieran actualizarse”.
Explicó que las personas naturales y jurídicas que ya tienen su registro y que no necesiten modificarle ningún dato, ese documento sigue vigente, es decir, “ese RUT le sirve para todos los trámites que requiera en el país”, precisó.
Enfatizó que el RUT aplica para todos los ciudadanos que ejerzan actividades empresariales en el país y la apuesta, dijo, “es que se formalicen los negocios”.
“Muchas veces la Dian debe avocarse hacia los cierres de establecimientos. Cuando uno ve negocios, donde no tienen un RUT, no declaran, no pagan sus impuestos, ni siquiera sabemos quiénes son los dueños. Entonces, la apuesta es evitémonos sanciones. Y la apuesta aquí es más bien: volvámonos formales y apliquémosle a una cultura de cumplimiento y a una cultura de contribuirle al país”.
Alistan reglamentación del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación Simple
Vale la pena recordar que en virtud de los cambios tributarios que introdujo la Ley de Financiamiento (Ley 1943 del 2018), el Ministerio de Hacienda publicó una propuesta normativa para regular lo relacionado al impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación – Simple; entre otros temas, establecería los efectos de la situación e integración de los impuestos, reglamentaría aspectos necesarios para la aplicación del Simple, la forma de liquidar los anticipos y realizar las declaraciones del impuesto y establecería los plazos para la presentación de los anticipos en el año 2019.
Así mismo, se modificarían algunos artículos del Decreto 1625 del 2016 donde se establecen los obligados a inscribirse en el RUT, los procedimientos mismos de la inscripción, actualización suspensión y cancelación, los documentos que lo soportan y los que se deben adjuntar para la formalización de estos trámites.
Dian, Comunicado, Abr. 22/19.
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