(El Colombiano) La Superintendencia Financiera de Colombia, entidad encargada de certificar el Interés Bancario Corriente, el cual ajusta los niveles de interés de los créditos de consumo y ordinarios, comunicó que desde el próximo viernes primero de septiembre y durante los 30 días siguientes, los bancos no le podrán cobrar más de 32,22% de interés en los créditos de consumo.
Este porcentaje significa una disminución de 75 puntos básicos con respecto al periodo anterior cuando estaba en 32,97%.
Hay que recordar que la disminución es inferior a los 100 puntos básicos que había anunciado el ministro de Hacienda Mauricio Cárdenas, cuando había comentado que se podría mostrar una baja de un punto porcentual.
El ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas explicó que la Certificación Mensual de Interés Bancario Corriente (TIBC) Consumo y Ordinario, publicada por la Superintendencia Financiera, beneficiará a cerca de 1,35 millones de tarjetahabientes, que se beneficiarán de ahorros aproximados a los $38.000 millones en intereses sobre sus deudas en esos medios de pago.
De acuerdo con el Ministro Cárdenas, la reducción de 75 puntos básicos en la tasa de interés máxima que se puede cobrar en los créditos, la cual pasó de 32.97% a 32,22%, es un alivio directo para los hogares colombianos que tienen deudas en créditos de consumo.
“Esta decisión beneficia principalmente a los tenedores de tarjeta de crédito, ya que es común que la tasa de interés que cobran las entidades financieras sobre los créditos amparados o cubiertos con estas tarjetas corresponden a la tasa máxima permitida”, explicó.
Ajuste en tasas
Actualmente, hay 1,35 millones de tarjetahabientes que tienen saldos por $5,1 billones de pesos y que les están cobrando la tasa más alta permitida por la Superintendencia Financiera.
El titular de la cartera de Hacienda precisó que con la metodología de cálculo del Interés Bancario Corriente (TIBC) Consumo y Ordinario, las entidades financieras tendrán que ajustar las tasas de interés que están actualmente cobrando a las familias colombianas.
“El primero de septiembre no puede haber en el país una tarjeta de crédito que cobre un interés superior al 32,22 %. Las entidades que estuvieran cobrando tasas superiores tienen que bajarlas. Además, debemos recordar que el efecto de reducción de tasa de interés no solo aplica a las entidades financieras, sino que se extiende a todas las operaciones de financiación que tengan los hogares colombianos”, enfatizó el Ministro Cárdenas.
El Ministro resaltó los beneficios que brinda el cambio a la metodología de cálculo en la periodicidad de publicación de trimestral a mensual y el periodo de observación de 12 semanas a 4 semanas anteriores a la certificación.
“En la medida que baje la tasa de interés del Banco de la República seguirán bajando las tasas de los créditos ordinarios y así la Superintendencia seguirá certificando mensualmente una reducción de la tasa de usura”, señaló.
Antes debían pasar tres meses para que los hogares hubieran recibido un beneficio como el que hoy anuncia la Superintendencia Financiera, ahora lo van a recibir ya.