La Sala Laboral de la Corte Suprema reiteró que las empresas deben mantener los contratos a las mujeres embarazadas y extenderlos hasta que termine la licencia de maternidad.
Las mujeres en embarazo podrán tener asegurado sus puestos de trabajo hasta la licencia de maternidad.(Foto: Colprensa /
Las empresas o empleadores deben mantener vigentes los contratos pactados a término fijo de mujeres en estado de embarazo, aunque se haya vencido el término, y lo deben extender hasta el final de la licencia de maternidad.
Así lo determinó la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, al recordar que la ley otorga una protección especial a las trabajadoras en estado de embarazo y que esta protección no depende de la modalidad contractual de la que goce la trabajadora. De esta forma, también aplica a los contratos a término indefinido, aunque se hayan vencido.
Desvinculación laboral
Cumplida la licencia de 14 semanas, si la decisión del empleador es no prorrogar el contrato, la desvinculación laboral no constituye despido y puede realizarse sin formalidades adicionales.
“Para la Sala, en vigencia de contratos de trabajo a término fijo, en los que sobrevenga la culminación del plazo fijo pactado, el empleador debe garantizar la vigencia del contrato de trabajo, mientras la trabajadora está embarazada y por el término de la licencia de maternidad posparto”, señaló la Sala.
Protección a la maternidad
No obstante, la Corte aclaró que a pesar de la modalidad de estabilidad especial por maternidad, el contrato de trabajo a término fijo no pierde su esencia temporal, de manera que se mantiene vigente únicamente por el tiempo necesario para darle protección adecuada a la maternidad. “Por lo mismo, si dentro de ese período de estabilidad especial, durante el embarazo y por el término de la licencia de maternidad posparto, se ha hecho uso del preaviso establecido en la ley para el fenecimiento del plazo fijo pactado, el contrato se mantendrá por el tiempo que faltare para cumplirse el término de protección, vencido el cual fenecerá la vinculación sin formalidades adicionales”, precisa el pronunciamiento.
A juicio de la Sala, con esta fórmula se resguarda la naturaleza especial de los contratos de trabajo a término fijo y la libertad empresarial de contratación, pero también se rescata la protección especial a la maternidad, amparada en la Constitución y la ley.
tomado de:https://www.vanguardia.com/colombia/307465-contratos-a-mujeres-en-embarazo-deben-mantenerse