Comunicado de prensa

Superfinanciera certifica el Interés Bancario Corriente

Bogotá, 30 de enero de 2025. – Con base en la información reportada por los establecimientos de crédito, la Superintendencia Financiera, en ejercicio de sus atribuciones legales[1], expidió la Resolución 0138 de 2025 por medio de la cual se certifica el Interés Bancario Corriente para las modalidades de crédito de consumo y ordinario, crédito productivo de mayor monto, crédito productivo rural, crédito productivo urbano, crédito popular productivo rural y crédito popular productivo urbano.

Crédito de consumo y ordinario

De acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre las semanas con corte del 3 de enero al 24 de enero de 2025, se certifica en 17,53% efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, el cual tendrá vigencia entre el 1 y el 28 de febrero de 2025.

La nueva certificación representa un incremento de 94 puntos básicos (0,94%) frente a la vigente en enero de 2025 (16,59%).

Crédito productivo

De acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre las semanas con corte del 3 de enero al 24 de enero de 2025, para las modalidades de crédito productivo se certifica el interés bancario corriente en:

Modalidad Efectivo anual
Crédito productivo de mayor monto 27,15%
Crédito productivo rural 18,09%
Crédito productivo urbano 35,40%
Crédito popular productivo rural 51,82%
Crédito popular productivo urbano 59,11%

 

Las tasas de interés bancario corriente certificadas tendrán vigencia entre el 1 y el 28 de febrero de 2025.

Tasas no certificadas por la SFC
basadas en el Interés Bancario Corriente
 

El interés bancario corriente es la base para el cálculo del valor máximo de los intereses remuneratorio y moratorio definidos en el Código de Comercio (artículo 884)[2] y para determinar los efectos de la norma sobre usura definida en el Código Penal (artículo 305).

Modalidades de crédito Interés remuneratorio y de mora

(efectivo anual)

Usura

(efectivo anual)

Crédito de consumo y ordinario 26,30% 26,30%
Crédito productivo de mayor monto 40,73% 40,73%
Crédito productivo rural 27,14% 27,14%
Crédito productivo urbano 53,10% 53,10%
Crédito popular productivo rural 77,73% 77,73%
Crédito popular productivo urbano 88,67% 88,67%