Con la llegada de las elecciones es usual que los candidatos ejecuten como parte de su campaña electoral una estrategia de envío de mensajes de texto y correos electrónicos y de llamadas con el fin de comunicar sus propuestas a los votantes, haciendo uso de sus datos personales de contacto.
Sin embargo, los candidatos deben tener en cuenta que no es posible ignorar que deben cumplir con la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013 (”Ley de Datos Personales”) vigente en Colombia para la realización de sus campañas.
¿La normatividad en materia de datos personales se suspende en época electoral?
No, la Superintendencia de Industria y Comercio (”SIC”), con la expedición de la Circular No. 001 del 17 de enero de 2022, reiteró que en el desarrollo de campañas electorales no se suspende bajo ninguna circunstancia la aplicación de la Ley de Datos Personales.
¿Para el envío de publicidad electoral debe haber autorización por parte del titular?
Sí, la recolección y uso de datos personales como número de teléfono y correo electrónico, con este propósito, debe ser autorizada de manera previa, expresa e informada por el titular de los datos; esta autorización se podrá obtener de manera verbal o escrita siempre y cuando se conserve prueba de ella.
Será además necesario que se le informe a la persona la finalidad o finalidades específicas para las cuales se está realizando la recolección de sus datos y únicamente podrán ser recolectados y usados los datos pertinentes para dichas finalidades.
Entonces, se debe indicar expresamente y de manera clara que el propósito de la recolección es el envío de publicidad sobre la campaña electoral del candidato o del partido político. En caso de no contar con autorización para ello absténgase de hacerlo.
La Superintendencia de Industria y Comercio ha reiterado que el envío de publicidad no está prohibido pero para que sea lícito deberá realizarse en los términos de la Ley de Protección de Datos.
¿Puede el titular solicitar la eliminación de sus datos en cualquier momento?
Sí, de acuerdo con la Ley de Datos Personales los titulares tienen el derecho de solicitar la eliminación de sus datos personales en cualquier momento y por tanto, revocar su autorización.
Esta solicitud podrá hacerse mediante la presentación de un reclamo y debe ser atendida por el responsable o encargado del tratamiento, según el caso, quien deberá proceder de manera inmediata a suprimir la información personal y suspender su uso.
En caso de no hacerlo la Superintendencia de Industria y Comercio podrá imponer las sanciones previstas en la Ley de Datos Personales.
¿Los datos recolectados pueden ser almacenados indefinidamente y utilizados posteriormente para otros propósitos?
No, los datos personales que se recolecten en ocasión a una campaña electoral únicamente podrán almacenarse durante un tiempo razonable y para cumplir las finalidades del tratamiento que fueron indicadas en el momento de solicitar la autorización.
Si los datos se recolectan para el envío de publicidad sobre una campaña electoral, una vez esta finalice, deberán ser suprimidos. En caso de hacer uso de ellos posteriormente y para otras finalidades no autorizadas, el candidato o el partido político, según el caso, podrá verse sujeto a las sanciones que imponga la Superintendencia de Industria y Comercio.