La Dian expidió el Concepto 003800 del 13 de junio de 2024, por medio del cual señaló que las empresas de apoyo ubicadas dentro de una zona franca no son consideradas usuarios de zonas francas, y, su actividad está circunscrita a lo consagrado en el artículo 5º del Decreto 2147 de 2016 que expresamente indica que el usuario operador autoriza la instalación de estas empresas bajo actividades concretas. Por ello es de suma importancia, que los usuarios al momento de realizar negocios jurídicos con aliados, proveedores y empresas de apoyo, conozcan la interpretación de la autoridad aduanera para este tema.
¿Qué son las empresas de apoyo?
La actividad de las empresas de apoyo no comprende el suministro de materias primas al usuario industrial para que este pueda desarrollar su objeto social. No obstante, las empresas de apoyo deben prestar especial atención al método de inventario y de contabilidad que les aplique con el fin de limitarse a dar cumplimiento a su objeto social y la actividad económica que llevan a cabo.
Debe tenerse en cuenta que la instalación y funcionamiento de una empresa de apoyo en zona franca se encuentra supeditada a la autorización del Usuario Operador y está condicionada por una relación de medio a fin, por lo que cualquier servicio de vigilancia, mantenimiento, restaurante, entidad financiera, entre otros, que puedan llegar a prestar, deben estar dirigidos al apoyo de la óptima operación dentro de la zona franca y no podrán estar relacionados con actividades económicas que impliquen el desarrollo del objeto social de los usuarios industriales y comerciales de la zona franca.
¿Qué prerrogativas especiales tienen las empresas de apoyo?
Las empresas de apoyo ubicadas en zona franca no pueden celebrar negocios jurídicos con los usuarios de zona franca con el objeto de desarrollar las actividades para las cuales estos últimos fueron calificados, por lo que de ahí se desprende que dichas empresas no tengan prerrogativas especiales en materia tributaria, aduanera y de comercio exterior de las que gozan los usuarios de zona franca, aun cuando están sometidas a los controles de manejo y control de mercancías.
Así mismo, las mencionadas empresas de apoyo al no contar con prerrogativas especiales no deben cumplir con ningún compromiso de inversión y/o empleo, lo que garantiza que sus servicios se destinen específicamente al apoyo de las operaciones de la zona franca como instrumento para la competitividad de los países.