El pasado 6 de junio de 2024, entró en vigor el Decreto 659 de 2024, que modifica el Decreto 1165 de 2019. Este nuevo decreto introduce cambios significativos a la Regulación Aduanera y su principal objetivo es robustecer las acciones de prevención de contrabando y lavado de activos, fortalecer las fronteras y mejorar la inspección en los lugares de arribo de las mercancías importadas al territorio nacional.
¿Cuáles han sido los principales impactos de la entrada en vigencia del Decreto?
El Decreto establece una entrada en vigencia en dos bloques (de manera condicionada). Por un lado, 45 artículos entraron en vigencia el 6 de junio de 2024, mientras que los 23 artículos restantes lo harán una vez la Dian certifique la entrada en funcionamiento de los Servicios Informáticos Electrónicos.
Esta decisión busca establecer un periodo de tiempo para realizar capacitaciones, pruebas funcionales y reales, y la expedición de manuales en el marco de las nuevas modificaciones al régimen. Si bien la implementación del nuevo sistema es una necesidad para su correcto funcionamiento, en la práctica puede generar una carga adicional tanto para los usuarios aduaneros como para otras entidades de control distintas a la Dian.
La ausencia de una fecha límite específica en el Decreto para que la Dian adecúe sus Servicios Informáticos y expida las resoluciones reglamentarias correspondientes genera incertidumbre y representa un gran desafío para los usuarios del comercio exterior, quienes se ven obligados a adaptar sus operaciones de manera constante a medida que se van comunicando y reglamentando los cambios.
¿El Decreto contribuye con la facilitación del comercio?
Si bien el Decreto implementa la declaración anticipada obligatoria para la mayoría de las mercancías que ingresan al país, lo que en teoría facilita el comercio según el Acuerdo de Facilitación del Comercio de la OMC, también se introducen nuevas obligaciones que podrían generar mayores cargas operativas para las operaciones de comercio exterior, especialmente en ausencia de reglamentación.
Entre estas nuevas obligaciones se encuentran la presentación obligatoria de una declaración de ingreso para mercancías destinadas a zonas francas y ciertos depósitos, la Solicitud de Autorización de Embarque para salidas de zonas francas al resto del mundo, y la nacionalización de productos despachados desde Zona Franca con destino a Sociedades de Comercialización Internacional.
¿Cómo queda el régimen franco?
Aunque el Decreto impone obligaciones adicionales a los usuarios de las zonas francas, estas siguen siendo un mecanismo fundamental para la promoción del comercio exterior, la inversión y la facilitación del comercio, especialmente para aquellos negocios que completan su proceso productivo antes de la nacionalización y/o comercialización de sus productos.
Sin embargo, es esencial que el Gobierno reglamente de manera clara y precisa el alcance y la naturaleza de la declaración de ingreso y las inspecciones en estos recintos, a fin de brindar mayor seguridad jurídica a los usuarios de las zonas francas.
En conclusión, el Decreto 659 introduce cambios significativos en a la Regulación Aduanera con el objetivo de fortalecer el control e inspección de mercancías. Aunque estas medidas pueden facilitar y mejorar el comercio a largo plazo, su aplicación escalonada puede generar incertidumbre y desafíos para los usuarios aduaneros.
* Ana María Vega, asociada de Posse Herrera Ruiz