En ocasiones las sociedades atraviesan situaciones financieras complejas, y no logran cumplir con las obligaciones a su cargo, ya que tienen un desequilibrio entre sus activos y pasivos.
Como es evidente, esta situación genera una afectación a los acreedores, dentro de los cuales el grupo más relevante normalmente es el de los trabajadores, perjudicados porque, a diferencia de los demás, sus acreencias incumplidas constituyen su principal fuente de ingresos.
Para dar un adecuado manejo a estas situaciones, la Ley 1116 del 2006 contempla dos figuras aplicables en la insolvencia empresarial. Por una parte, regula el proceso de reorganización, encaminado a lograr nuevamente la viabilidad financiera de la empresa; y, por otra, el proceso de liquidación judicial, que busca finalizar de forma organizada la vida jurídica de la sociedad.
A estos debemos sumar los procesos de reorganización abreviada y liquidación judicial simplificada, creados por el Decreto 772 del 2020, aplicables a lo que podemos denominar pequeñas insolvencias.
¿Qué papel tienen los trabajadores en los procesos de reorganización?
Durante los procesos de reorganización y reorganización abreviada los contratos de trabajo no terminan ni se suspenden, continúan su ejecución con normalidad. Por lo que, al proceso de reorganización deben presentarse tanto los trabajadores activos, como los extrabajadores con créditos a su favor.
La finalidad de este trámite es lograr un acuerdo entre todos los acreedores del deudor, de manera que sea viable cumplir con sus obligaciones y seguir ejecutando su actividad económica. Cada acreedor (incluyendo los trabajadores) tiene asignados unos derechos de voto, que son calculados a razón de un voto por cada peso del valor de su acreencia cierta, sea o no exigible.
De cara a las votaciones para la definición del acuerdo, los acreedores se encuentran en igualdad de condiciones. Sin embargo, éste debe respetar ciertas reglas especiales, como lo es la prelación de créditos, aspecto en el cual las acreencias laborales tienen privilegios.
Los créditos a favor de trabajadores o extrabajadores son de primera categoría, tal como lo dispone el artículo 2495 del Código Civil. Esto implica que los activos de la sociedad deudora primero estarán destinados a cubrir estas obligaciones, antes de las de cualquier otro acreedor.
Los trabajadores y extrabajadores en este acuerdo pueden flexibilizar el pago de sus acreencias; por ejemplo, se puede acordar el pago de liquidaciones a plazos, o pagos de prestaciones en fechas diferentes a las establecidas en la ley. Lo único sobre lo que no pueden acordar es el pago de aportes a seguridad social.
Una vez el acuerdo está aprobado, es obligatorio su cumplimiento por parte del deudor, ya que, de no hacerlo, la consecuencia inminente es el inicio del proceso de liquidación judicial.
¿Cuál es el papel de los trabajadores en el proceso de liquidación judicial?
Según el artículo 50 de la Ley 1116, la apertura de la liquidación por el juez del concurso implica la terminación de los contratos de trabajo (con lugar al pago de la indemnización). Esto aplica para todos los casos, salvo para trabajadores con fueros de maternidad, salud, y sindical.
Al igual que en la reorganización, en la liquidación y liquidación judicial simplificada los trabajadores y extrabajadores acuden como acreedores de primera clase. Sin embargo, en este proceso la finalidad no es llegar a un acuerdo, sino adjudicar los activos del deudor entre los acreedores, respetando la prelación de créditos.
En cuanto al rol de los acreedores, incluyendo a los trabajadores, si bien en la liquidación el papel es más pasivo, en la medida en que es el juez del concurso el encargado de la adjudicación, lo cierto es que la ley les otorga varios instrumentos para proteger sus derechos.
Así, hay mecanismos para la reconstrucción del patrimonio del deudor, como lo es la acción revocatoria concursal. De igual forma, hay otros que permiten perseguir el patrimonio de la matriz del deudor, como la acción de responsabilidad subsidiaria de la matriz.
De acuerdo con esto, los trabajadores como acreedores pueden tener impactos importantes en el marco de los procesos de insolvencia.