Fuente: https://www.asuntoslegales.com.co/consultorio/implicaciones-de-la-ley-2439-de-2024-4089314
La Ley 2439 de 2024 es el resultado de un análisis impulsado a partir de la pandemia en el que, debido al confinamiento, muchas empresas se vieron obligadas a cerrar sus establecimientos físicos y a sobrevivir gracias al comercio electrónico. Sin embargo, esta solución empresarial puso en evidencia el vacío normativo que existía frente a los efectos de este tipo de comercio, lo cual motivó la expedición de esta ley.
¿Cuáles fueron las modificaciones principales efectuadas por la Ley?
RTA/: La Ley 2439 de 2024 señala un límite máximo de quince (15) días calendario en el que los proveedores deberán realizar la devolución del dinero a los consumidores en caso de que estos últimos ejerzan el derecho al retracto. De la misma manera impone al proveedor el deber de señalar de manera clara, detallada y específica las opciones de las cuales dispone para realizar esta devolución.
Adicionalmente, esta Ley modifica las obligaciones de los productores y expendedores ubicados en el territorio nacional, quienes ahora están obligados a: (i) suministrar información detallada de los productos y servicios que ofrezcan, con imágenes, plazos de oferta y disponibilidad de este; (ii) disponer en el medio electrónico canales que garanticen la asistencia a los consumidores; (iii) comunicar al consumidor de manera previa finalizar la transacción el plazo de entrega del producto y cumplir con dicho término, en caso de que este no se establezca, el proveedor deberá entregar el producto en treinta (30) días calendario a partir del día siguiente que el consumidor haya comunicado su pedido. Si el producto no está disponible, el consumidor y el portal de contacto deben informar al consumidor inmediatamente y acordar una nueva fecha.
Sumado a lo anterior, en caso de que el tiempo de entrega del pedido supere el plazo indicado por el proveedor o los treinta (30) días calendario previamente mencionados, el consumidor tendrá la facultad de terminar el contrato y solicitar la devolución del dinero, la cual deberá realizarse por el medio de pago que este prefiera.
Para las de operaciones de crédito otorgadas a través de medios electrónicos, se deben reputar como intereses todos los cargos por concepto de uso de tecnología e informar al consumidor de manera discriminada los cargos directamente asociados al crédito. Ahora bien, los conceptos tecnológicos que puedan ser suplidos de manera física, deberán ofrecerse como opción al consumidor.
Por último, incluye la facultad administrativa de la SIC de ordenar las medidas necesarias para evitar que se causen daños o perjuicios a los consumidores por la violación de normas sobre protección al consumidor.
¿A quiénes aplican estas modificaciones?
Lo previsto en la Ley 2439 de 2024 tiene implicaciones para los productores, proveedores, expendedores que ofrezcan sus bienes o servicios mediante el comercio electrónico. Así mismo, respecto del deber de informar al consumidor la no disponibilidad de producto y acordar una nueva fecha de entrega, la ley incluye a los portales de contacto, los cuales define como la plataforma electrónica que pone en contacto a proveedores o productores con consumidores a través de la cual se podrá concretar la relación de consumo entre las partes.