El 11 de febrero de 2021 la Dian expidió la Resolución 000015, la cual reglamentó el Radian. Mediante esta resolución se pretendió reemplazar el fallido Registro de Facturas Electrónicas – Refel, el cual, en teoría, permitía registrar las facturas electrónicas como título valor, endosar electrónicamente, realizar inscripción para cobros judiciales, entre otros.
Inicialmente, los usuarios del Radian estaban obligados a adoptar el anexo técnico establecido en la Resolución 000015 de 2021, dentro de los tres meses siguientes a la fecha de publicación del mismo (esto es, el 12 de mayo de 2021). No obstante, las funcionalidades del Radian no estuvieron disponibles para los usuarios o proveedores tecnológicos, lo que obligó a la Dian a postergar su operatividad.
Con el fin de subsanar los errores tecnológicos de la Resolución 000015 de 2021, el 8 de abril del presente año la Dian expidió la Resolución 000085 de 2022, reemplazando la norma inicial y el cual deberá ser adoptado en un plazo de tres meses, los cuales se vencen el 9 de julio de 2022.
¿Para qué sirve el Radian?
A partir de la vigencia de la Ley 1819 de 2016, el legislador determinó que las facturas electrónicas que circularan en el territorio nacional debían estar registradas en la plataforma de factura electrónica de la Dian. Hasta este momento, las facturas electrónicas no podían circular porque el formato de la factura (el XML, no la representación gráfica) no permitía inscripciones o registros adicionales.
Para esto, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo expidió múltiples reglamentaciones que pretendían la creación del Refel, sin embargo, el sistema presentaba múltiples fallas técnicas que impidieron que su implementación fuera exitosa.
Con la entrada en vigencia de la Resolución 000015 de 2021 fue derogado el Refel, sin ni siquiera haber operado, y se crea el Radian. Este es un sistema directamente vinculado a los servicios electrónicos de la Dian que permitiría registrar los eventos de endoso, mandato, aval, pago, limitaciones y protesto, so pena de su ineficacia.
Así las cosas, el Radian se pensó como el mecanismo para permitir la circulación de las facturas electrónicas, así como para registrar los demás eventos asociados a la operación de factoring. Cabe aclarar que el no registro de las facturas en el Radian no afectará la condición de estas como título valor, pero las mismas no podrán ser objeto de circulación en el territorio nacional.
¿Por qué no se ha implementado el Radian?
La Dian no ha implementado el Radian por razones técnicas, lo que llevó a que quienes acostumbraban a hacer operaciones de factoring tuvieran que migrar a un modelo de cesión de derechos económicos de las facturas.
Esta alternativa presentaba complejidades administrativas, pero funcionaba como una solución temporal al problema del Radian.
¿Qué novedades trajo la Resolución 000085 de 2022?
Una de las principales modificaciones que tuvo el Radian con la Resolución 000085 de 2022 fue incluir dentro de los eventos registrables la cesión de los derechos económicos.
Esta novedad surgió a raíz de la modificación al artículo 617-1 del Estatuto Tributario, introducida por el artículo 13 de la Ley 2155 de 2021, el cual determinó que para que se materialice la cesión de derechos económicos de facturas electrónicas, el enajenante, cedente o endosatario deberá inscribir la transacción realizada en el Radian; hasta tanto no se realice el registro, no se materializará la cesión de los derechos.
Así, se evidencia que si bien se han tenido avances en materia de factoring para facturas electrónicas, también se han creado más restricciones y limitaciones para los usuarios, lo que impide que esta actividad se desarrolle de forma libre y simple en Colombia, poniendo trabas y restricciones a un negocio por simples razones técnicas.
En consecuencia, se puede concluir que el sistema del Radian, más que permitir la circulación de las facturas electrónicas, se ha convertido en un impedimento para todos aquellos que quieran realizar operaciones de factoring. Después de tres intentos la Dian debería estar buscando simplificar el procedimiento y no crear más requisitos.