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Alguna vez se han preguntado qué sucede detrás de escena cuando realizamos un pago con tarjeta en un comercio? Para el usuario, la experiencia es sencilla y amigable: basta con acercar la tarjeta, y en cuestión de segundos, la transacción es aprobada. Sin embargo, este proceso involucra múltiples etapas y la participación de diversos actores clave para garantizar el éxito del pago. Entre estos actores se destacan los agregadores de pagos y los adquirentes, los cuales tienen un rol clave en el procesamiento de los pagos electrónicos en Colombia.

¿Qué es la adquirencia y cuál es su rol dentro del procesamiento de un pago?

La adquirencia es una actividad que implica el cumplimiento de varias responsabilidades clave: 1. vincular a los comercios al sistema de pagos de bajo valor; 2. proporcionar a los comercios tecnologías de acceso, como datáfonos, que permitan el uso de instrumentos de pago, como tarjetas de crédito o débito; 3. procesar y gestionar órdenes de pago o transferencias de fondos iniciadas a través de estas tecnologías de acceso; y 4. abonar al comercio o al agregador los recursos de las ventas realizadas mediante dichas tecnologías. Asimismo, incluye la gestión de ajustes derivados de controversias, devoluciones, reclamaciones o contracargos, y la notificación al usuario sobre la confirmación o el rechazo de la orden de pago o transferencia.

Ahora bien, las actividades enumeradas en los puntos 1 a 3 también pueden ser desarrolladas por los agregadores de pagos, lo que permite que la relación con el comercio sea gestionada tanto por el adquirente como por el agregador. Sin embargo, el adquirente sigue siendo el responsable final ante el sistema de pagos, los participantes y los usuarios, garantizando el cumplimiento de las funciones descritas.

¿En qué consiste la actividad de los agregadores?

Los agregadores son proveedores de servicios de pago que actúan en nombre del adquirente y pueden realizar las actividades de los numerales 1 a 3. Su objetivo es facilitar que pequeños comercios acepten pagos con tarjetas débito y crédito sin necesidad de abrir una cuenta de adquirencia, ofreciendo soluciones a bajo costo mediante datáfonos o tecnologías móviles. Así las cosas, el agregador recibe los recursos de las transacciones en una cuenta a su nombre en un establecimiento de crédito o SEDPE adquirente y luego los dispersa entre los comercios. Para operar, debe firmar un contrato con el banco adquirente, permitiéndole "agregar" las ventas de los comercios vinculados y garantizar el procesamiento de los pagos.

¿Quiénes están habilitados para ser adquirentes y/o agregadores?

La actividad de adquirencia puede ser realizada por establecimientos de crédito, Sociedades Especializadas en Depósitos y Pagos Electrónicos (SEDPES) y por sociedades no vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, siempre que estén registradas en el Registro de Adquirentes No Vigilados y cumplan con los requisitos de capital y segregación patrimonial establecidos.

En cuanto a los agregadores, su actividad no está limitada a las entidades financieras, lo que permite que cualquier sociedad comercial que lo contemple en su objeto social pueda desempeñar este rol.