Quienes quieran trasladarse de un sistema al otro deben recibir la doble asesoría y estar, al menos, a 10 años de la edad de pensión
Aunque no es un tema prioritario cuando los jóvenes inician su vida laboral, la decisión sobre el sistema pensional es determinante, pues de ello dependen las condiciones en las que cada uno se retirará. Por eso, es importante conocer las diferencias entre los dos regímenes que hay y qué condiciones hay para cambiarse.
En el sistema público, administrado por Colpensiones en el denominado Régimen de Prima Media, los recursos de los cotizantes van a un fondo común que financia las mesadas de quienes cumplen los requisitos. Estos son dos: haber cotizado al menos 1.300 semanas, es decir, unos 25 años; y cumplir con la edad estipulada, de 62 años, en el caso de los hombres, y 57 años, para las mujeres.
La otra alternativa es el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (Rais), administrado por los fondos de pensiones privados, que invierten los aportes de sus afiliados para que generen una rentabilidad para que, cuando llegue la edad de jubilación, cada uno reciba el dinero que aportó, a manera de ahorro, sumado a los rendimientos que generó.
En este sistema, el único requisito para tener una mesada es tener en la cuenta individual un capital suficiente para financiar una pensión equivalente a 110% del salario mínimo. En caso de que no se logre esa meta, los afiliados podrán acceder a la garantía de pensión mínima, siempre que cumplan dos requisitos: tener la edad de jubilación, que es la misma del sistema público; y haber cotizado al menos 1.150 semanas.
Requisitos para cambiar de régimen
Ahora, para cambiarse de un sistema a otro, los afiliados deben haber cotizado al menos cinco años en uno de los regímenes. Quienes buscan pasar del sistema privado a Colpensiones, pueden sumar ese tiempo en varios fondos: por ejemplo, habiendo cotizado tres años en una AFP y dos años en otra.
Además, quienes quieran cambiar de fondo deberán recibir la doble asesoría, es decir, consultar su caso en los dos fondos; y estar a más de 10 años de la edad de pensión, a saber, 47 años para las mujeres y 52 años para los hombres.
Cumplidos esos requisitos, los afiliados simplemente deben radicar el formulario de traslado de régimen, junto con su documento de identidad, y el trámite incluso puede hacerse de manera digital. El cambio se hace efectivo el primer día del segundo mes después de la fecha de la solicitud.
Bono pensional
Quienes se trasladan de Colpensiones a un fondo privado tienen derecho al bono pensional, un título valor que representa los aportes que el afiliado realizó hasta el momento del cambio y que sirve para aumentar el capital en la Cuenta de Ahorro Individual. Tienen derecho al bono quienes hayan cotizado al menos 150 semanas en el RPM antes del traslado.