Fuente: https://www.asuntoslegales.com.co/consultorio/bases-de-calculo-de-intereses-3871933
Ante la entrada de nuevos competidores al sistema financiero, se ha vuelto cada vez más usual ver la promoción de intereses “altos” sobre los montos depositados en cuentas de ahorro y otros productos. Algunos ejemplos son Lulo Bank con el 10%, Pibank con el 12% o Nubank con un 13%. Sin embargo, quienes tienen depósitos en alguna de estas cuentas observarán que más allá del efecto del interés compuesto, el monto de intereses que se percibe cambia mes a mes. Esta variación responde a algo relevante no solo para los depósitos, sino también en los contratos de crédito y que muchas veces pasa “de agache”: la base de cálculo de intereses.
1. ¿Qué es la base de cálculo de intereses?
Los intereses se definen como el fruto del dinero en el tiempo, por lo que su cálculo está directamente relacionado con cómo se calcula el plazo de la deuda. Este se calcula en días, lo que quiere decir que cada día en que esté pendiente la deuda, será un día de intereses. Dado que ni todos los meses, ni todos los años, tienen el mismo número de días, se debe determinar en base a qué número de días se calcularán los intereses. A esto se le llama la base de cálculo de intereses.
2. ¿Qué tipos de bases son comúnmente utilizadas?
Existen tres bases comúnmente utilizadas: 30/360, actual/365 y actual/360. Bajo el método 30/360, se asume que todos los meses son de 30 días y un año tiene 360 días. De esta manera la tasa anual se convierte a diaria dividiendo en 360 y se multiplica por 30 para encontrar la tasa mensual.
En el método actual/365, el cálculo se hace sobre el número real de días en el mes y 365 días en el
año. De manera que la tasa anual se convierte a diaria dividiendo en 365 y se multiplica por el número actual de días en cada mes para encontrar la tasa mensual.
Los dos anteriores son métodos con equilibrio, pues toman una base de días en el mes y en el año congruente, por lo que la tasa real de intereses en ambos métodos resultará igual, salvo en un año bisiesto que será mayor en el método actual/365 pues se calcularán intereses por un día más allá de la base del año.
Por su parte, la base actual/360 se conoce como un método sin equilibrio, pues cuenta los días reales de cada mes pero los divide en una base de un año de 360 días. El efecto es que se genera un interés mayor pues se divide sobre una base menor (360) que la que se tuvo en cuenta para el cálculo de los días del mes (365).
3. ¿Cuál base es más favorable para un acreedor y para un deudor?
Como se puede observar en la tabla anterior, un acreedor va a estar más interesado en una base actual/360, pues generará mayores intereses; y el deudor preferirá mantener la base en 30/360 que resulta en intereses iguales a los pactados. Por lo anterior es común encontrar en los contratos de crédito lenguajes como el siguiente: “todos los cálculos de intereses remuneratorios en virtud del presente Contrato se realizarán sobre la base de un año de 360 días y los días efectivamente transcurridos”, es decir actual/360.
Este es un ejemplo de lo anterior en un año bisiesto:
Tasa de interés: 10%
30/360: 10,00%
Actual/365: 10,03%
Actual/360: 10,17%
4. ¿Hay alguna restricción para pactar bases en Colombia?
En Colombia no existe una restricción para pactar una u otra base, pues hace parte de la libertad de las partes, siempre y cuando sea conocido por el deudor sobre qué base se calcularán sus intereses. También debe recordarse que la libertad contractual está limitada por las normas de orden público, como la Ley 45 de 1990 que señala la tasa máxima de intereses remuneratorios y moratorios. De tal manera que, al usar cualquier base, las sumas efectivamente recibidas por el acreedor no podrán de ninguna manera superar la tasa de usura.