Moreno Piraquive dijo, lo que buscamos es que se eleve a rango legal los diferentes pronunciamientos de la Corte Constitucional, que amparan los derechos fundamentales de la mujer en estado de embarazo y del que está por nacer, como lo es el mínimo vital, todo ello a través de la garantía de la estabilidad laboral reforzada, la cual se deriva
del derecho fundamental a no ser discriminada por ocasión del embarazo y que implica una garantía real y efectiva de protección a favor de las trabajadoras en estado de gestación o de lactancia.
La congresista explicó, que esta es una forma de garantizar la protección especial, por lo que el contratante que despida a una mujer en estado de embarazo o de lactancia con contrato de prestación de servicios, deberá renovar el contrato de prestación de servicio, mínimo hasta el vencimiento del período de lactancia, so pena de que ser condenado a pagar una indemnización de perjuicios, que en ningún caso podrá ser inferior a la del valor del contrato por dicho término.
El monto máximo si llegare a ser condenado el Contratante será tasado teniendo en cuenta todos los daños que la mujer en estado de embarazo logre probar anotó Piraquive.
Tomado de: Radiosantafe.com