Conoce las obligaciones que cobijan los alivios, modalidades de pago, pasos para verificar si puedes acceder y plazos para acogerte

Bogotá, D.C., julio 17 del 2024.

Algunos contribuyentes y ciudadanos que tengan deudas tributarias y no tributarias en mora con Bogotá podrán ahorrarse el 80% en intereses y sanciones al pagar el 100% del impuesto adeudado. Esto gracias a los alivios tributarios 2024 que fueron aprobados en el Plan de Desarrollo ‘Bogotá camina segura’.

¿Qué obligaciones cobija?

Obligaciones tributarias

  1. Para contribuyentes que se encuentren en la etapa de cobro:​
  • Predial o Vehículos de las vigencias 2020, 2021 y 2022.​
  • ICA y otros impuestos, deudas que entraron en mora entre el 12 marzo de 2020 y el 30 de junio de 2022
  1. Para contribuyentes que tienen obligaciones en mora al 12 de junio de 2024 y la Secretaría de Hacienda:​
  • No ha emitido una liquidación oficial.​
  • Emitió una liquidación oficial, pero no está en firme.​

De acuerdo con las cifras de la Secretaría Distrital de Hacienda (SDH), este alivio tributario puede beneficiar a más de 1.105.000 contribuyentes con cerca de 2.778.934 obligaciones.

Obligaciones no tributarias

Son aquellas deudas con las secretarías del Distrito y/o Alcaldías​ Locales que hayan entrado en mora hasta el 30 de junio de 2022 por uso de bienes y servicios o por sanciones y multas.​ Es importante tener en cuenta que, para las multas de tránsito y las obligaciones con el fondo de salud, el alivio se debe solicitar en las secretarías de Movilidad y Salud, respectivamente.​

“Invitamos a los contribuyentes para que aprovechen esta oportunidad para ponerse al día en sus obligaciones tributarias. El ahorro del 80% en intereses y sanciones constituye un alivio para los bolsillos de los deudores y una oportunidad de ingresos para el Distrito”, aseguró la secretaría de Hacienda, Ana María Cadena.

Los contribuyentes interesados en acogerse al alivio tributario pueden optar por dos modalidades de pago:

  1. Pago completo del 100% de la obligación y el 20% de la sanción e intereses causados, que debe hacerse máximo hasta el 13 de diciembre del 2024.
  1. Facilidad de pago: aplica únicamente para deudas de impuestos en etapa de cobro. El plazo para acogerse a esta facilidad vence el 15 de octubre de 2024.

Para acogerse a la facilidad de pago, el deudor debe pagar al menos el 30 por ciento de todas las deudas a su cargo, incluidos capital, intereses y sanciones, aplíqueles o no el alivio tributario, y no estar reportado en el Boletín de Deudores Morosos del Estado por incumplimiento de acuerdo de pago.

Quienes cumplan con estos requisitos, deben diligenciar y firmar el formulario dispuesto en la página web y adjuntar copia de la cédula de ciudadanía del deudor.

La SDH ya tiene disponible en su página web el aplicativo para que las personas interesadas en saber si son o no beneficiarias de los alivios tributarios puedan hacer la consulta en tres pasos:

  1. Paso 1: Ingresar a www.haciendabogota.gov.co y en el banner o el botón dispuesto en la página dar clic en ‘consultar’.
  2. Paso 2: Al ingresar, se encontrará la información, fechas y todo lo necesario para acceder al alivio.
  3. Paso 3: Ingresar el tipo y número de documento. Si la persona es beneficiaria, debe seguir el paso a paso del aplicativo.

La Secretaría Distrital de Hacienda les recuerda a los contribuyentes que todos los trámites ante la entidad son gratuitos, por lo que recomienda no acudir a tramitadores. La entidad cuenta con canales de atención oficiales en donde pueden disipar todas las dudas o preguntas.

SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA